Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 1545

 

La Plata, 13 de agosto de 2015.

 

VISTO que por expediente Nº 21.100–148.255/14 el Fiscal General del Departamento Judicial de San Martín, solicita al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires tenga a bien ofrecer públicamente recompensa tendiente a lograr la captura de FACUNDO RAÚL BOYER la cual fuera ordenada al ser considerado autor del homicidio de Jonathan Fernando VEGA (IPP Nº 15-004273-13), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;

 

Que de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 997/09, el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;

 

Que por intermedio de la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales se han recabado los antecedentes del caso;

 

Que la autoridad judicial a cargo de la investigación informa (fs. 3 y 18/21) que se emitió orden de captura de FACUNDO RAÚL BOYER al suponérselo autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en perjuicio de Jonathan Fernando VEGA, hecho acaecido el día 3 de febrero de 2013, alrededor de las 3.00 horas en la esquina de Rivadavia y Pueyrredón de la localidad de Billinghurst, partido de San Martín, provincia de Buenos Aires;

 

Que teniendo en cuenta el despliegue de medidas investigativas con resultado negativo, se considera viable el ofrecimiento de recompensa solicitado;

 

Que a su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes brinden información que permita la detención de FACUNDO RAÚL BOYER fijándose un monto entre la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000) y pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde y el resultado que se logre en su aprehensión;

 

Que la Dirección General de Administración, por intermedio de la Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria (fojas 34);

 

Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán hacerlo ante los Señores Fiscales Generales de Cámaras de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 7 del Departamento Judicial San Martín o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad, haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;

 

Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea trasmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y local del lugar donde se produjo el hecho, para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá copia de la presente y su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, el Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio y la Resolución Ministerial Nº 2.390/07;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE

BUENOS AIRES,

 RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, entre la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) a quienes aporten información fehaciente que contribuya a lograr la detención de FACUNDO RAÚL BOYER (IPP Nº 15-004273-13) cuyos datos de filiación y hecho reprochado obran en el Anexo de la presente.

 

ARTÍCULO 2°. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio, la Resolución Ministerial Nº 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.

 

ARTÍCULO 3°. Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes podrán hacerlo con reserva de identidad presentándose ante los Fiscales Generales de Cámaras de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 7 del Departamento Judicial San Martín o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.

 

ARTÍCULO 4°. Remitir copia de la presente con su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires para que arbitre las medidas necesarias a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local en la localidad de Billinghurst, partido de San Martín.

 

ARTÍCULO 5°. Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial. Comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 7 del Departamento Judicial San Martín. Comunicar a la Dirección General de Administración a efectos de que tome razón del compromiso presupuestario y a la Unidad de Comunicación Institucional. Cumplimente con ello la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pase a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.

 

Alejandro S. Granados

Ministro de Seguridad

 

ANEXO

PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA

BUSCADO

FACUNDO RAÚL BOYER

 

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000), de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio, a las personas que aporten información fehaciente que contribuya a establecer el paradero y lograr la detención de FACUNDO RAÚL BOYER, alias “Lorito”, argentino, DNI Nº 19.004.567, nacido el 12 de junio de 1989 en la localidad de San Martín, hijo de Raúl Patricio Gerez y María Isabel Boyer, con último domicilio conocido en calle Sarmiento Nº 5537 de la localidad de Billinghurst, partido de San Martín, provincia de Buenos Aires. La orden de captura, ha sido dictada por considerarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en perjuicio de Jonathan Fernando VEGA, hecho acaecido el día 3 de febrero de 2013, alrededor de las 3.00 horas, en la esquina de Rivadavia y Pueyrredón, de la localidad de Billinghurst, partido de San Martín, provincia de Buenos Aires.

Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 7 del Departamento Judicial San Martín (IPP Nº 15-004273-13).

Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámaras de cualquier Departamento Judicial de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 7 del Departamento Judicial San Martín (sita en Avenida Ricardo Balbín Nº 1753, Piso 11, San Martín, teléfono 011-4724-6000 Interno 6019/20/21) o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, Oficina Nº 118, La Plata, Provincia de Buenos Aires, teléfonos 0221-429-3015 y 429-3211), debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.

El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades ya indicadas, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio Nº 1.531/10, y la Resolución Ministerial Nº 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.

SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD.

C.C. 10.300