Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN PORTUARIA

Disposición Nº 27

 

Ensenada, 30 de noviembre de 2015.

 

VISTO el expediente Nº 22400-19686/12 por el cual se tramita la Gestión de los Residuos provenientes de los Buques, de cualquier tipo, que operen en el ámbito portuario de la Provincia de Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que según lo establecido en el Art. 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, recae sobre la Provincia la responsabilidad de la preservación y tutela del medio ambiente de su espacio territorial, habiéndose constituido en garante del derecho de sus habitantes a gozar del mismo en condiciones propicias a su armónico desarrollo;

 

Que en virtud de lo establecido por el Marpol (Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por Buques 1973/1978), la Ley Nacional 25.675 General del Medio Ambiente, la Ley Provincial 11.723 Integral de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos y su Decreto Reglamentario 831/93, la Ley Provincial 11.720 de Residuos Especiales y su Decreto Reglamentario 806/97 y, sus modificatorias; es necesario lograr una gestión eficiente de los residuos provenientes de los buques;

 

Que la Subsecretaría de Actividades Portuarias de la Provincia de Buenos Aires resulta ser el Organismo competente para el dictado de la normativa vinculada a la actividad portuaria;

 

Que asimismo la citada Subsecretaría deberá procurar la armonización, concatenación, análisis y cumplimiento puntual de la normativa nacional, provincial y municipal dictada en materia ambiental;

 

Que por Resolución 65/14 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, se creó la figura del Operador Portuario de Residuos, quien resultará el sujeto habilitado para gestionar los centros de almacenamiento de los residuos que se detallan en el Anexo I de la citada, provenientes de los buques que operen en las unidades portuarias, en el marco de lo establecido por la Resolución ele la Subsecretaría de Actividades Portuarias de la Provincia de Buenos Aires 253/13.

 

Que por Resolución 430/15 se estableció que todas Plantas Operadoras Portuarias (Resolución 65/14 - OPDS), Empresas Transportistas de Residuos provenientes de los Buques y Plantas de Tratamiento y Disposición Final, que deseen operar o estén operando en la actualidad, en los puertos Públicos dependientes de le Provincia de Buenos Aires, cualquiera sea su forma de gestión, deberán inscribirse en el Registro que a tal efecto se abrirá en jurisdicción del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología - Subsecretaría de Puertos, con el objeto de lograr su Habilitación para hacerlo en Jurisdicción Portuaria;

 

Que por Resolución 538/15 en su Art. 9, se creó, en el ámbito de la Subsecretaría de Actividades Portuaria - Dirección Provincial de Gestión Portuaria, el citado Registro;

 

Que por Resolución 253/13, en su art. 6°, el señor Subsecretario de Actividades Portuarias delega en la Dirección Provincial de Gestión Portuaria, la facultad de instrumentación y verificación de la citada Resolución;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 11.206, su Decreto Reglamentario Nº 1.579/92 y Decretos 2.886/08 y 2.084/09;

 

Por ello;

 

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE GESTIÓN PORTUARIA,

DISPONE:

 

ARTÍCULO 1°: Establecer que las empresas que pretendan inscribirse en el Registro de Operadores de Residuos Portuarios, deberán presentar ante esta Subsecretaría de Actividades Portuarias la solicitud de la misma junto a los requisitos que se establecen para empresas conforme el artículo 5° de la Resolución SAP. 252/00, grupo 2 inciso d del 18 de mayo del año 2000.

 

ARTÍCULO 2°: Establecer en forma complementaria, que Ias empresas transportistas deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución SAP. 349/01 del 10 de octubre del año 2001, modificatoria de la Resolución SAP. 252/00, grupo 5, Transporte de Carga General en Camión.

 

ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar a las Delegaciones Portuarias y Consorcios Portuarios de la Provincia de Buenos Aires dependientes de esta Subsecretaría. Cumplido, archivar.

 

Diego S. Pinkler

Director Provincial de Gestión Portuaria

C.C. 216.499