DECRETO 388/2020

LA PLATA, 20 de Mayo de 2020

VISTO el expediente EX-2020-05688903-GDEBA-HIGAGSMMSALGP, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Sandra Elizabeth REYES al cargo de Directora Asociada en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y la designación en su reemplazo, a partir del 10 de febrero de 2020, del Médico Federico Ariel CACHILE, y

CONSIDERANDO:

Que Sandra Elizabeth REYES presentó su renuncia, a partir del 6 de febrero de 2020 al cargo mencionado en el exordio, siendo aceptada a partir del 9 de febrero de 2020, quien había sido designada por Decreto N° 1191/16;

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que la Dirección Provincial de Personal informó que la agente saliente no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que es procedente limitar la reserva de cargo también dispuesta por Decreto N° 1191/16, y dejar establecido que Sandra Elizabeth REYES, se reintegra a sus funciones de Médica de Hospital “C” – Especialidad: Cardiología, en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91;

Que, en consecuencia, se gestiona la designación, a partir del 10 de febrero de 2020, del Médico Federico Ariel CACHILE como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;

Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020;

Que en virtud del trámite propiciado, Federico Ariel CACHILE reserva el cargo que posee como Médico Agregado – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 9 defebrero de 2020, la renuncia presentada por Sandra Elizabeth REYES (DNI N° 18.065.730 – Clase 1967), como Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, quien había sido designada por Decreto N° 1191/16, de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 2°.- Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 9 defebrero de 2020, la reserva del cargo dispuesta por Decreto N° 1191/16, dejando establecido que la profesional citada en el artículo precedente, retomará sus funciones de Médica de Hospital “C” – Especialidad: Cardiología, en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91.

ARTÍCULO 3º.- Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020, a partir del 10 de febrero de 2020, como Director Asociado con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, al Médico Federico Ariel CACHILE (DNI N° 30.464.007 – Clase 1983), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 4°.- Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 10 de febrero de 2020, el cargo que posee el profesional citado en el artículo precedente como Médico Agregado – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador