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Fundamentos de HONORABLE LEGISLATURA: Se somete a consideración de
Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, por medio del cual se
modifican diversos artículos de Deviene oportuno destacar que la mencionada norma, en cuya virtud se declaró el estado de emergencia administrativa, económica y financiera de la provincia de Buenos Aires, incluyó a todos los poderes y dentro de ellos, el sector docente. Asimismo, la aludida Ley 12.727 estableció, en el artículo 15, un mecanismo de reducción de salarios de todos los trabajadores a partir de pesos un mil doscientos ($1.200,00), pero el artículo 17 determinó que deben sumarse todos los salarios percibidos por un trabajador cuando se desempeñen bajo un mismo régimen estatutario. Esta situación afecta seriamente a
los trabajadores docentes debido a que el modo de prestación de servicio es
único. En efecto, los profesionales en muchos de los casos y según la
modalidad de la educación que atiendan, prestan sus servicios en las unidades
educativas que establece la estructura pedagógica según el nivel y modalidad
de la educación de la provincia de Buenos Aires, tal como lo establece Por tal motivo, debe buscarse otro mecanismo, dentro de la emergencia económica declarada, que contemple un trato equitativo con los trabajadores de educación que tienen otra forma de prestar sus servicios, motivo por el cual se solicita la pronta sanción del proyecto de ley que se adjunta. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad. |