Fundamentos de la

Ley 11951

 

 

            Por la presente se persigue utilizar los saldos emergentes de las economías producidas en las obras realizadas por el municipio de General Alvarado, que forman parte del Anexo I aprobado por Ley 11.423, permitiendo realizar con estos fondos, la terminación de la Escuela Técnica Nro 2 de Nicanor Otamendi, obra correspondiente a la segunda etapa del plan de reconstrucción y continuar así con la primera etapa del Plan de Reconstrucción para el Interior Bonaerense, en lo referido a obras distritales, la que se está llevando a cabo y a punto de concluirse, en cumplimiento a lo determinado por la Ley 11.423

            Los recursos financieros provenientes del empréstito autorizado por Ley 11.376 asignados por la Provincia de acuerdo a pautas de distribución emergentes de la Ley 11.399, imponen la materialización de nuevas obras mediante la instrumentación de este plan específico, de acuerdo a las necesidades de cada distrito.

            En esa inteligencia y en función del firme propósito del Estado provincial de consolidar las políticas de desarrollo y crecimiento armónico de pueblos y ciudades bonaerenses, otorgando una mejor calidad de vida para sus comunidades, los municipios del interior han elaborado en forma consensuada con la Provincia, entidades intermedias, fuerzas vivas locales y los honorables concejos deliberantes, esta etapa de obras, del Plan de Reconstrucción para el Interior.

            Por lo expuesto invitamos a los señores diputados a acompañar con su voto favorable, este proyecto de ley.