Decreto 1084/2020

La Plata, 25 de noviembre de 2020

VISTO el lamentable fallecimiento de la destacada figura del deporte mundial, Diego Armando Maradona, y

CONSIDERANDO:

Que Diego Armando Maradona, popularmente llamado “Pelusa” o simplemente Diego, hijo de nuestra Provincia, nació el 30 de octubre de 1960 en el Partido de Lanús, iniciándose en el mundo del fútbol a los nueve (9) años de edad, en el equipo infantil conocido como “Los Cebollitas” de las inferiores de la Asociación Atlética Argentino Juniors;

Que, por sus logros en la Selección Argentina y en los diferentes clubes en los que se desempeñó, se convirtió en un emblema del fútbol mundial de todos los tiempos, dejando una huella imborrable en el sentimiento de todo el pueblo argentino y, en particular, del bonaerense;

Que su inigualable destreza futbolística lo transformó en una de las personas más conocidas del mundo, traspasando las fronteras y siendo reconocido unánimemente como el mejor jugador del mundo;

Que su constante compromiso con el bienestar del pueblo y de la patria grande latinoamericana, lo convirtieron en un fiel representante del pensar popular y un ferviente defensor de las personas más vulnerables;

Que su grandeza excedió el plano deportivo proyectando su figura a distintos ámbitos de la cultura popular, causando su inesperado fallecimiento un profundo dolor en las y los bonaerenses;

Que, en virtud de ello, el Poder Ejecutivo Nacional ha dictado el Decreto N° 936/2020, por el cual se declara duelo nacional en todo el territorio de la República Argentina, por el término de tres (3) días a partir del 25 de noviembre del corriente año;

Que, en esta instancia, resulta pertinente manifestar las condolencias y solidaridad del pueblo de la Provincia, acompañando a sus familiares y seres queridos en este difícil momento;

Que, por lo expuesto, siguiendo la medida dispuesta en el ámbito nacional, se estima pertinente declarar el duelo provincial por el término de tres (3) días, a fin de honrar la memoria de Diego Armando Maradona, con motivo de su fallecimiento;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Adherir al Decreto Nacional N° 936 del 25 de noviembre de 2020.

ARTÍCULO 2º. Declarar duelo en el ámbito de la Administración Pública provincial, por el término de tres (3) días, con motivo del fallecimiento de Diego Armando Maradona.

ARTÍCULO 3º. Establecer que durante el duelo dispuesto por el artículo precedente la Bandera de la provincia de Buenos Aires permanecerá izada a media asta en todos los edificios de la Administración Pública provincial.

ARTÍCULO 4º. Invitar a los Poderes Legislativo y Judicial, y a las Municipalidades a adoptar medidas de similar característica a la presente. ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador