Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRASTRUCTURA
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 833-2017 E
La Plata, 27 de diciembre de 2017.
VISTO el expediente Nº EX-2017-03862942-GDEBA-DPCLMIYSPGP mediante el cual tramita la Licitación Pública para la adjudicación de la obra: “Procuración General de la Suprema Corte – Unificación Obra Segunda Etapa Tribunales de Lomas de Zamora y Completamiento de Primera Etapa”, en el Partido de Lomas de Zamora, y
CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;
Que mediante Resolución RESOL-2017-634-E-GDEBA-MIYSPGP de fecha 10 de Noviembre de 2017, se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos cuatrocientos noventa y un millones setenta y tres mil setecientos veintiséis con seis centavos ($491.073.726,06), con un plazo de ejecución de novecientos doce (912) días corridos;
Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al veinte por ciento (20%) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que se han cumplimentado las publicaciones en la página web de la Provincia mediante IF-2017-05188253-GDEBA-DCOPMIYSPGP conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;
Que se recibieron cinco (5) ofertas según surge del Acta de Apertura de fecha 4 de diciembre de 2017 mediante IF-2017-05217428-GDEBA-DCOPMIYSPGP;
Que mediante NO-2017-05272668-GDEBA-DPAMIYSPGP y NO-2017-05489088-GDEBA-DPAMIYSPGP obran informes técnicos de la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide mediante IF-2017-05502259-GDEBA-DCOPMIYSPGP recomendando adjudicar las referidas labores a la U.T. POSE S.A. –CONINSA S.A. – TECMA S.A. por la suma de pesos cuatrocientos sesenta y cuatro millones setecientos catorce mil trescientos dos con sesenta y ocho centavos ($464.714.302,68), por considerar su propuesta conveniente al interés fiscal;
Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las empresas JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A., TECNIPISOS S.A., BRICONS S.A.I.C.F.I. y OCSA S.A., por ser menos convenientes al interés fiscal;
Que mediante NO-2017-05891077-GDEBA-SSOPMIYSPGP la Subsecretaria de Obras Publicas agrega IF-2017-05864332-GDEBA-SSOPMIYSPGP mediante el cual el Área de Contabilidad y Presupuesto de la Secretaría de Administración dependiente de la Procuración General realizó la imputación del gasto;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno mediante ACTA-2017-05774826-GDEBA-AEAGG, Contaduría General de la Provincia mediante IF-2017-05819860-GDEBA-CGP y Fiscalía de Estado mediante VT-2017-05777661-GDEBA-FDE y VT-2017-05894809-GDEBA-SSAYCFDE;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo23 de la Ley Nº 6.021, el artículo 21 de la Ley Nº 14.853 y la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar la Licitación Pública realizada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: “Procuración General de la Suprema Corte – Unificación Obra Segunda Etapa Tribunales de Lomas de Zamora y Completamiento de Primera Etapa” en el partido de Lomas de Zamora, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2º. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente a la empresa U.T. – POSE S.A. – CONINSA S.A. – TECMA S.A. por la suma de pesos cuatrocientos sesenta y cuatro millones setecientos catorce mil trescientos dos con sesenta y ocho centavos ($464.714.302,68) para obra, a la que agregándole la suma de pesos cuatro millones seiscientos cuarenta y siete mil ciento cuarenta y tres con tres centavos ($4.647.143,03) para dirección e inspección, la suma de trece millones novecientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintinueve con siete centavos ($13.941.429,07) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de cuatro millones seiscientos cuarenta y siete mil ciento cuarenta y tres con tres centavos ($4.647.143,03) para embellecimiento, hace un total de pesos cuatrocientos ochenta y siete millones novecientos cincuenta mil diecisiete con ochenta y un centavos($487.950.017,81) estableciéndose un plazo de ejecución de novecientos doce (912) días corridos.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos sesenta y nueve millones setecientos siete mil ciento cuarenta y cinco con cuarenta centavos ($69.707.145,40)para obra, a la que agregándole la suma de pesos seiscientos noventa y siete mil setenta y uno con cuarenta y cinco centavos ($697.071,45) para dirección e inspección, la suma de pesos dos millones noventa y un mil doscientos catorce con treinta y seis centavos ($2.091.214,36) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos seiscientos noventa y siete mil setenta y uno con cuarenta y cinco centavos ($697.071,45) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos setenta y tres millones ciento noventa y dos mil quinientos dos con sesenta y seis centavos ($73.192.502,66).
ARTÍCULO 4º. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2017 – Ley Nº 14.879 - JA 2 – CAT PRG – NRO 13 – PRY7814 – FI 1 – FU 2 – FF 13 – PP 4 – PS 2 – PAR 1.
ARTÍCULO 5°. Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8°de la Ley Nº 6.021, modificada por la Ley Nº 14.052 y al Ministerio de Gestión Cultural la correspondiente a embellecimiento, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la formación de los respectivos alcances.
ARTICULO 6°. El Área de Contabilidad y Presupuesto de la Secretaría de Administración dependiente de la Procuración General deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el diferido 2018 la suma de pesos ciento setenta millones setecientos ochenta y dos mil quinientos seis con veinticuatro centavos ($170.782.506,24), en el diferido 2019 la suma de pesos ciento noventa y cinco millones ciento ochenta mil siete con catorce centavos ($195.180.007,14) y en el diferido 2020 la suma de pesos cuarenta y ocho millones setecientos noventa y cinco mil uno con setenta y siete centavos ($48.795.001,77) como asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a las reservas respectivas.
ARTÍCULO 7º. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 8°. Desestimar por no ser conveniente al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A., TECNIPISOS S.A., BRICONS S.A.I.C.F.I. y OCSA S.A.
ARTÍCULO 9°. Proceder por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las empresas mencionadas en el artículo anterior o a quien legalmente corresponda, las garantías que presentaran como afianzamiento de sus ofertas.
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto N° 4041/96.
ARTÍCULO 11. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar y girar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro de Infraestructura
y Servicios Públicos
C.C. 74