DECRETO 145/19
LA PLATA, 19 de marzo de 2019.
VISTO el expediente N° 2319-56822/13 y agregados, tendiente a ratificar la Resolución Nº 443/19 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 910/14 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, ratificada por Decreto N° 784/14, se dejó sin efecto la Resolución Nº 1739/13 (artículo 1º), al mismo tiempo que se aprobó el contrato suscripto con la firma BOLDT S.A. el día 30 de mayo de 2014 (artículo 2º) y se prorrogaron, a partir del 1° de diciembre de 2013, los contratos aprobados por Decretos Nº 836/07 y Nº 2400/02, hasta el día 1° de diciembre 2014 o hasta la entrada en vigencia del nuevo contrato con el proveedor que resulte adjudicado en el proceso licitatorio, lo que ocurra primero;
Que posteriormente dichos contratos fueron prorrogados por Resoluciones del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Nº 2488/14 y Nº 297/16 -convalidada y ratificada respectivamente por Decreto Nº 901/16-; Nº 1893/16 -ratificada por Decreto Nº 16/17 E- y Nº 674/17 -ratificada por Decreto Nº 438/17 E-;
Que mediante la Resolución Nº 303/18 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos -ratificada por Decreto N° 350/18-, se dispuso prorrogar los referidos contratos, hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta la entrada en vigencia del nuevo contrato con el/los proveedores que resulten adjudicatarios en el proceso licitatorio correspondiente, de resultar anterior a dicha fecha;
Que a los fines de regularizar la situación contractual de los Casinos Oficiales de la Provincia, a saber: Casino Central de Mar del Plata, Casino Anexo III de Mar del Plata (Hotel Hermitage), Casino de Miramar, Casino de Pinamar, Casino de Monte Hermoso, Casino de Tandil y Casino de Tigre, mediante Decreto Nº 944/17 E y Nº 33/18, se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 1/18 y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas contenidos en el documento GEDO PLIEG-2018-00491557-GDEBA-DJLIPLYC;
Que el objeto de dicho proceso licitatorio consiste en contratar la provisión de máquinas electrónicas de juegos de azar, el control on line de las mismas, la construcción, remodelación y puesta en valor de las distintas salas de juego, y demás servicios complementarios y anexos necesarios para el correcto funcionamiento de los Casinos Oficiales citados precedentemente, con excepción del Casino de Sierra de la Ventana, Casino Anexo I de Mar del Plata (Hotel Sasso);
Que hasta tanto se concluya el referido proceso licitatorio y entren en vigencia los nuevos contratos resulta imprescindible contar con el servicio prestado por BOLDT S.A., con el fin de asegurar los intereses de la administración pública y las políticas de acción social, salud y seguridad, y evitar un inminente perjuicio fiscal;
Que a fojas 367 consta agregada expresa conformidad de BOLDT S.A. con relación a la prórroga aquí dispuesta;
Que a fojas 382, la Dirección Provincial de Administración y Finanzas informa que al 22 de febrero de 2019 no se registra deuda con la empresa BOLDT S.A. en lo que respecta al ejercicio 2018;
Que, en virtud de lo expuesto, el Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos dictó la Resolución N° 443/19 por la cual se prorrogan los contratos citados y se propicia el dictado del presente Decreto, entendiendo que se encuentran reunidas las condiciones a tal fin;
Que han tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado respectivamente, no teniendo objeciones que formular;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Ratificar la Resolución Nº 443/19 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, que prorroga a partir de la fecha de su vencimiento -31 de diciembre 2018-, los términos de los contratos referidos en el considerando, sucesivamente prorrogados por Resoluciones Nº 1765/12 -ratificada por Decreto N° 913/13-; N° 910/14 -ratificada por Decreto N° 784/14-; N° 2488/14 y N° 297/16 -convalidada y ratificada respectivamente, mediante Decreto Nº 901/16-; N° 1893/16 -ratificada por Decreto Nº 16/2017 E-; Nº 674/17 -ratificada por Decreto Nº 438/17 E- y Nº 303/18 -ratificada por Decreto Nº 350/18-, suscriptos entre el Instituto Provincial de Lotería y Casinos y BOLDT S.A., hasta el 30 de junio de 2019 o hasta el día de entrada en vigencia del nuevo contrato con el/los proveedores que resulten adjudicatarios en el proceso licitatorio N° 1/18, si fuera anterior a dicha fecha.
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Ministro de Jefatura de Gobernadora
Gabinete de Ministros