LEY 7047
Restablécese la vigencia de la Ley 6385
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Restablécese la vigencia de la Ley 6385, que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada en el Partido de General San Martín.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará con cargo al Anexo XIII, Crédito para el Cumplimiento de Leyes Especiales, del Presupuesto de Capital vigente.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.