LEY 6297
Autorizando a invertir suma para sufragar gastos por los actos de homenaje al centenario de la Jura de la Constitución de 1860
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de trescientos cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 350.000 m/n), para sufragar los gastos que originen los actos a celebrarse en la Provincia de Buenos Aires, en Homenaje al Centenario de la Jura de la Constitución Nacional de 1860.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.