LEY 6297

 

Autorizando a invertir suma para sufragar gastos por los actos de homenaje al centenario de la Jura de la Constitución de 1860

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de trescientos cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 350.000 m/n), para sufragar los gastos que originen los actos a celebrarse en la Pro­vincia de Buenos Aires, en Homenaje al Centenario de la Jura de la Constitución Nacional de 1860.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.