Fundamentos de la Ley 13601

 

 

 

            El artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires asegura, entre otros temas, el “… acceso irrestricto a la justicia…”, con el fin que dicho servicio logre eficiencia y llegada al lugar donde sea necesario.

            Si se observan los datos de población de los partidos que a la fecha constituyen el Departamento Judicial Mercedes (ver cuadro Nro. 1), salta a la vista el peso relativo de Moreno en el conjunto.

 

Cuadro 1

MUNICIPIOS

 

CENSO 1991

 

CENSO 2001

VARIACIONES ABSOLUTAS

ALBERTI

7.009

7.493

484

BRAGADO

2.245

2.266

21

CARMEN DE ARECO

9.593

12.008

2.415

CHIVILCOY

47.671

52.938

5.267

LUJÁN

58.299

67.266

8.967

MERCEDES

47.797

51.967

4.170

NAVARRO

8.862

11.562

2.700

NUEVE DE JULIO

2.506

2.542

36

SALTO

20.949

23.816

2.867

SAN ANTONIO DE ARECO

15.396

17.764

2.368

SAN ANDRÉS DE GILES

11.345

13.941

2.596

SUIPACHA

5.909

7.149

1.240

25 DE MAYO

3.460

4.020

560

MORENO

285.643

379.300

93.657

GENERAL RODRÍGUEZ

41.900

63.317

21.417

MARCOS PAZ

25.146

39.151

14.005

GENERAL LAS HERAS

7.816

9.735

1.919

TOTAL

 

766.235

 

 

            En efecto, Moreno supone el 49,50% de la población total abarcada por el servicio de justicia del departamento judicial.

            Una mirada a la historia del poblamiento de la provincia de Buenos Aires permite ver, sin siquiera profundizar, como se mantienen los datos censales en la mayoría de los distritos del interior (en nuestro caso, 15 de los 17 partidos que componen el departamento judicial, responden a esta descripción), mientras se advierte una suerte de explosión demográfica en el llamado Segundo Cordón del Gran Buenos Aires con particular énfasis en las décadas ’70-’80.

            En el caso concreto de Moreno, este pasó de ser un pueblo de alrededor de 60.000 habitantes en la década del ’60 -casi una transición entre la vida del área metropolitana y la de localidades de orden rural- a convertirse, producto de sucesivas migraciones, en una ciudad de más de 200.000 habitantes a mediados de la década del ’80, y cerca de 400.000 en la actualidad.

            Completando una primera síntesis agregamos que: la población de Moreno sumada a la de Gral. Rodríguez, totaliza el 57,77% del conjunto del hoy Departamento Judicial Mercedes.

            Hasta aquí hemos hecho especial referencia a los aspectos cuantitativos del tema que nos ocupa.

            Cabe referirnos, aunque sea brevemente, a aspectos de orden cualitativo que revisten igual importancia.

·                                ·         Las migraciones -relativamente recientes- a que ya nos hemos referido, originan un particular modo de habitar que aún busca conformar una identidad.

·                                ·         Más del 40% de la población del distrito vive en condiciones de pobreza.

·                                ·         Su distribución en un extensa geografía fue producto de loteos indiscriminados, sin planificación y desprovistos de servicios; recién hoy empieza a completarse el tejido urbano y a dotarse de algún equipamiento comunitario e infraestructura de servicios.

·                                ·         Moreno y también General Rodríguez son, por todo, una sociedad con igual grado de complejidad que el resto del Conurbano.

 

Comparte por ende, las características de éste.

En años anteriores, reconociendo la realidad que venimos describiendo y que amerita respuestas acordes y cercanas en todos los órdenes y, en particular, en materia de servicio de justicia, se ha dado lugar, en el año 2004 a la implementación en el Departamento Judicial Mercedes, de tres (3) agentes fiscales y tres (3) adjuntos de agente fiscal, un (1) tribunal de Menores y un (1) asesor de Incapaces; todos ellos con asiento en la ciudad de Moreno y competencia territorial en los partidos de Moreno y General Rodríguez.

Es la misma Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que mediante acordada de fecha 26 de mayo de 2005, teniendo en cuenta la presentación de los jueces de Garantías y la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes, solicitan la creación de un juzgado de Garantías, y considerando que por estudios realizados por la Subsecretaría de Planificación se dictó una resolución de fecha 28 de abril de 2004, en la cual dispone requerir a los Poderes Ejecutivo y Legislativo la creación de tres juzgados de Garantías en el Departamento Judicial Mercedes; resuelve requerir a los poderes mencionados que al menos uno de los tres juzgados de Garantías tenga su asiento en la ciudad de Moreno.

Ha de señalarse, que con motivo de la acordada citada en el párrafo precedente, ha ingresado en la Mesa de Entradas de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires el 29 de junio del presente año, un proyecto de ley creando tres juzgados de Garantías con asiento en la ciudad de Moreno y competencia territorial en el partido de Moreno y General Rodríguez, el cual ya tiene media sanción.

No hay posibilidad de consolidar instituciones y servicios con abstracción de la realidad a la que deben servir.

Las asimetrías de orden cuanti y cualitativo de Moreno y General Rodríguez en el marco del Departamento Judicial Mercedes, constituye a la fecha, un anacronismo.

La conformación de un nuevo Departamento Judicial con los partidos de Moreno y General Rodríguez, (de un importante crecimiento poblacional en los últimos años, a considerable distancia con la hoy cabecera del departamento), viene a reparar una situación de inequidad que ya no admite espera.

No viene a restar, sino a sumar calidad institucional y certeza a la prestación de justicia en la nueva región.

Por todo lo anteriormente expresado, es que solicito a los señores senadores, acompañen con su voto afirmativo, el presente proyecto.