Fundamentos de la

Ley 13841

 

 

Con la presente norma se pretende crear una Comisión Bicameral para el seguimiento y control del Comité de Administración del Fideicomiso, tal como estuviera oportunamente previsto en la Ley 12.907, y que por esos avatares propios de la política, se dejara sin efecto merced a la sanción de la ley 13.311.

Entendemos que la renuncia de la Legislatura a integrar el Comité y a dejar sin efecto la Comisión Bicameral, tuvo una motivación estrictamente política, fundada en las desavenencias del Poder Ejecutivo con la Legislatura de entonces, que hizo crisis con la sanción del Presupuesto 2005.

Ha pasado desde entonces “mucha  agua bajo el puente”, y la importancia de la marcha del Comité, amerita que esta Legislatura, asuma el rol que el pueblo de la Provincia le ha otorgado y entre otras cosas se avoque a realizar un estricto seguimiento y control de las acciones del ente que administra el Fideicomiso.

Esta Comisión Bicameral que se propicia, no se origina ni en la sospecha, ni la ineficiencia de las actuales autoridades del Comité, sino en la importancia capital que tiene para las arcas provinciales el recupero de una deuda cuantiosa, que oportunamente -para salvar al Banco de la Provincia-, hemos puesto sobre la  espalda de todos los contribuyentes, y que por ello mismo esta Legislatura debe estar periódicamente informada sobre la marcha de las acciones tendientes a ese recupero de deuda, comprometiéndose a evaluar y aconsejar las correcciones que sean menester.

No se pretende ahora integrar con representantes del Poder Legislativo el propio Comité, sino estar al tanto en forma permanente sobre la marcha del Fideicomiso, los costos de su funcionamiento, la eficiencia en el cobro, la tercerización de éste, las políticas que se siguen con relación a pequeños y grandes deudores, etc.

Por las razones expuestas solicito me acompañan con la aprobación del presente proyecto de ley.