LEY 14003

NOTA: Ver Ley 14604 que prorroga por 5 años el plazo establecido en el art.5 de la presente Ley.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de Florentino Ameghino, nomenclatura catastral: Circunscripción V, Parcela 92a, inscripto en la Matrícula 857, a nombre de Lácteos Tres S.A., y las instalaciones y maquinarias existentes dentro del mismo destinadas a la actividad de industria láctea que actualmente allí se realiza. La Parcela 92a mide 600 metros en los lados NE y SO; por 500 mts en los lados SE y NO, con una superficie de 30 has, lindando: al NE camino en m/, con propiedad de Mercedes C. de Anchorena; al NO con parte del Lote 2; al SE y SO con más terrenos de su Lote 3.

ARTÍCULO 2°: El inmueble, las instalaciones y maquinarias antes citados serán cedidos a título oneroso en propiedad a la “Cooperativa de Trabajo Blaquier Limitada”, con cargo de ser los mismos destinados a la consecución de sus fines cooperativos.

ARTÍCULO 3°: El organismo de aplicación de la presente ley será determinado por el Poder Ejecutivo.

ARTÍCULO 4°: La escritura traslativa de dominio a favor de los donatarios será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exenta la misma del pago de todo impuesto.

ARTÍCULO 5°: Exceptúase a la presente Ley de los alcances del artículo 47 de la Ley 5.708 (texto ordenado según Decreto 8.523/86) estableciéndose en cinco años el plazo para considerar abandonada la expropiación respecto de los inmuebles, maquinarias e instalaciones consignados en el artículo 1° de la presente ley.

ARTÍCULO 6°: Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimento de la presente ley.

ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.