LEY 13933

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

 LEY

 

ARTICULO 1.- Declárese de Interés Provincial las obras a ejecutarse en la Ruta Provincial 40 (ex -ruta Nacional 200, conf. Resolución del Administrador General de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires 1 N° 514/02), en el tramo Merlo - Navarro - 25 de Mayo.


ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires el estudio, proyecto y ejecución de las obras que resulten necesarias, a efectos de ampliar la capacidad de tránsito de la Ruta Provincial Nº 40 en el tramo Merlo - Navarro y pavimentar el tramo Navarro - 25 de Mayo (R.P. 51)


ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo provincial incorporará en su próximo Presupuesto, las partidas necesarias para la realización de las obras mencionadas en la presente Ley.


ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.