LEY 13933
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárese de Interés Provincial las obras a ejecutarse en la Ruta Provincial 40
(ex -ruta Nacional 200, conf. Resolución del Administrador General de la Dirección de Vialidad de
la Provincia
de Buenos Aires 1 N° 514/02), en el tramo Merlo -
Navarro - 25 de Mayo.
ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Dirección de Vialidad de
la Provincia
de Buenos Aires el estudio, proyecto y ejecución de las obras que resulten
necesarias, a efectos de ampliar la capacidad de tránsito de la Ruta Provincial Nº
40 en el tramo Merlo - Navarro y pavimentar el tramo Navarro - 25 de Mayo (R.P. 51)
ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo
provincial incorporará en su próximo Presupuesto, las partidas necesarias para
la realización de las obras mencionadas en la presente Ley.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.