DECRETO 2271/92

LA PLATA, 14 de AGOSTO 1992.

VISTO la Ley de Reconversión Administrativa de la Provincia de Buenos Aires, y teniendo en cuenta la necesidad de integrar los sistemas que en materia telefónica tiene en su totalidad la Administración Pública Provincial en la ciudad de La Plata y,

CONSIDERANDO:

Que los Sistemas de Telecomunicaciones son un medio eficaz para aumentar la eficiencia de la Administración Pública, que contribuyen para la Reconversión del Estado Provincial;

Que un Sistema Telefónico Integrado con posibilidades de voz y datos, es más conveniente desde el punto de vista económico y operativo, que un sistema segregado;

Que es conveniente la armonización de nuevas técnicas y servicios dentro de la Administración Pública Provincial, para su crecimiento en forma progresiva;

Que el Sistema Telefónico Integrado se adaptará a las necesidades actuales y será compatible con las futuras, permitiendo asimismo el control y auditoría del gasto telefónico;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA :

ARTICULO 1º: Apruébase la implementación del Sistema Telefónico Integrado para voz y datos, que interconecte los edificios públicos en la ciudad de La Plata.

ARTICULO 2º: Autorízase a la Secretaría General de la Gobernación a efectuar todas las tramitaciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Sistema Telefónico Integrado, que por el presente Decreto se aprueba.

Asimismo, facúltase a dicha Secretaría a interconectar las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Provincial.

ARTICULO 3º: Invítase a los Poderes Legislativo y Judicial y a la Municipalidad de La Plata a adherirse al presente Decreto.

ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.