DECRETO 2271/92
LA PLATA, 14 de AGOSTO 1992.
VISTO la Ley de Reconversión Administrativa de la Provincia de Buenos Aires, y teniendo en cuenta la necesidad de integrar los sistemas que en materia telefónica tiene en su totalidad la Administración Pública Provincial en la ciudad de La Plata y,
CONSIDERANDO:
Que los Sistemas de Telecomunicaciones son un medio eficaz para aumentar la eficiencia de la Administración Pública, que contribuyen para la Reconversión del Estado Provincial;
Que un Sistema Telefónico Integrado con posibilidades de voz y datos, es más conveniente desde el punto de vista económico y operativo, que un sistema segregado;
Que es conveniente la armonización de nuevas técnicas y servicios dentro de la Administración Pública Provincial, para su crecimiento en forma progresiva;
Que el Sistema Telefónico Integrado se adaptará a las necesidades actuales y será compatible con las futuras, permitiendo asimismo el control y auditoría del gasto telefónico;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA :
ARTICULO 1º: Apruébase la implementación del Sistema Telefónico Integrado para voz y datos, que interconecte los edificios públicos en la ciudad de La Plata.
ARTICULO 2º: Autorízase a la Secretaría General de la Gobernación a efectuar todas las tramitaciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Sistema Telefónico Integrado, que por el presente Decreto se aprueba.
Asimismo, facúltase a dicha Secretaría a interconectar las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Provincial.
ARTICULO 3º: Invítase a los Poderes Legislativo y Judicial y a la Municipalidad de La Plata a adherirse al presente Decreto.
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.