DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

DECRETO 2190

La Plata, 10 de Septiembre de 2004


Visto el expediente nº 2400-4366 de 2004 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, por el cual se propicia la realización de un estudio de impacto ambiental en el área de explotación del servicio público de agua potable y desagües cloacales que la concesionaria nacional presta en la Provincia; y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto nº 1608/04 se ha previsto la necesidad de incorporar la variable ambiental en la planificación, diseño, proyecto, construcción y operación de obras de previsión de servicios de agua potable y desagües cloacales;
Que el temperamento se adopto a efectos de desarrollar una gestión ambiental adecuada, minimizar los eventuales efectos negativos sobre el ambiente, potenciar los positivos, aplicar medidas correctivas e instaurar los conceptos de protección y conservación del medio ambiente en las obras de saneamiento urbano;
Que no obstante ello, se advierte que la transferencia al sector privado de la ex Obras Sanitarias de la Nación no ha tenido por correlato acciones adecuadas de desarrollo y expansión de los servicios, generando situaciones criticas de vulnerabilidad sanitaria en distritos del conurbano bonaerense;
Que a la ausencia de niveles mínimos de cobertura en las áreas desinvertidas, se suma el comportamiento de la superficie freática y su incidencia en el bienestar de la población, de manera que aun cuando el Estado Provincial no resulte el poder concedente, el contexto descriptivo impone la adopción de medidas conducentes a preservar los derechos de los usuarios bonaerenses en cuanto a calidad, universidad del servicio y medio ambiente;
Que por consiguiente, se toma ineludible encomendar al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos que requiera a la Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Ingeniería, la elaboración de un estudio tendiente a determinar el impacto ambiental generado por falta de obras e inversiones en el servicio de agua potable y desagües cloacales que la concesionaria nacional presta en el ámbito de esta Provincia, debiendo a su ves valorizar económicamente sus consecuencias;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fs. 8) y lo dispuesto en el articulo 144 -proemio- de la Constitución Provincial, procede dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

ARTICULO 1º. Encomiéndase al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos que requiera de la Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Ingeniería, la realización de un estudio de impacto ambiental en el área de explotación del servicio público de agua potable y desagües cloacales que la concesionaria nacional presta en la Provincia de Buenos Aires, debiendo considerar a tal fin la falta de obras e inversiones en la referida zona de concesión y de valoración ambiental y económicas de su consecuencias.

ARTICULO 2º. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

ARTICULO 3º. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos para su conocimiento y fines pertinentes.