Fundamentos de la Ley 12537

 

 

            El artículo 60 de la Ley 10.579, Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires, establece cuáles son los antecedentes valorables para el ingreso a la docencia.

            En este proyecto de ley proponemos agregar otro supuesto a tener en cuenta como valorable para el ingreso: el domicilio real del docente. Este aspecto beneficia al profesional que vive en la zona donde se encuentra la escuela, dado que agrega puntaje a sus antecedentes por títulos, antigüedad y ejercicio activo en la rama de la enseñanza a la que aspira ingresar.

            De esta forma las vacantes existentes en el distrito se reparten equitativamente tal cual lo preceptúa el Estatuto del Docente, y asegura el trabajo, en los diferentes establecimientos educativos, a los docentes que allí residen, evitando  –en muchos casos- el desplazamiento de los mismos.

            Creemos justo valorar el lugar de residencia para asegurar que un porcentaje importante de los cargos, módulos u horas cátedra, vacantes, recaiga en los docentes pertenecientes al distrito, motivo por el cual solicitamos a los señores legisladores nos acompañen en la aprobación del presente proyecto.