Fundamentos de la

Ley 11661

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

El proyecto de ley que se remite a vuestra consideración, tiene por objeto propiciar la canalización de recursos externos hacia los municipios bonaerenses a los efectos de continuar ejecutando acciones y tareas de alto contenido social.

El concepto de apoyo y fortalecimiento de la gestión municipal en las obras e inversiones de competencia local, no resulta novedoso para la administración provincial. Desde el año 1988, en el que se inició la ejecución del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, financiado por el Banco Mundial, sesenta y tres (63) municipios bonaerenses han invertido cerca de setenta (70) millones de dólares para el mejoramiento de la infraestructura pública local y, con ella, el crecimiento y la promoción de las condiciones vida de los vecinos indirectamente beneficiados con las obras.

Este proceso contó con la permanente asistencia técnica y supervisión del Gobierno provincial, quien delegó estas tareas en el Ministerio de Economía, que, por su elevado grado de profesionalidad, características, competencias y recursos logísticos disponibles, fue el encargado de instrumentar un funcionamiento acorde a las exigencias de los organismos internacionales.

La experiencia desarrollada fue considerada tanto a nivel nacional como internacional, de una fuerte riqueza en términos de participación y compromiso comunal, y por esa razón, no solo el Banco Mundial ha renovado su oferta para financiar un segundo tramo del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, sino que en esta etapa se ha incorporado el Banco Interamericano de Desarrollo, con su Programa de Inversiones Sociales Municipales, reimpulsando de esta manera las fundadas expectativas respecto al éxito de la tarea en común entre el gobierno provincial y los municipales, confirmando su capacidad para actuar con solvencia e idoneidad, tanto en la preparación y formulación de proyectos, como en su implementación.

En esta nueva etapa, se pondrá el acento en proyectos que estimulen y persigan procesos de organización y racionalización económica, mejoramiento de la eficiencia en la gestión y redefinición de las funciones de administraciones municipales. Se pondrá énfasis, entonces, en el diseño e implementación de los instrumentos necesarios para lograr las urgentes transformaciones, cuya realización, más allá de coyunturas económicas y situaciones fiscales puntuales, se impone como un deber hacia la comunidad.

Por ello, el Gobierno de la Provincia ha compartido un esquema y una visión de conjunto con la Nación, el resto de las provincias argentinas y las administraciones comunales, mediante la realización, con el apoyo financiero de organismos multilaterales de crédito y el acompañamiento técnico y operativo de las jurisdicciones nacional y provinciales; de un importante programa diseñado para la realización de inversiones de carácter social ajustadas a las necesidades locales.

La instrumentación de un programa integral, implicó rediseñar los objetivos planteados conforme a las diferentes realidades y cualidades que revisten los municipios, resultando necesario, revisar y optimizar las operatorias utilizadas en el primer tramo del crédito, así como redimensionar la demanda crediticia.

Como ya anticipamos, en esta etapa, juntamente con el lanzamiento del segundo tramo del Programa del Banco Mundial, comienza la operatoria de un nuevo programa, el del Banco Interamericano de Desarrollo, con la integración de atender los requerimientos de aquellos proyectos cuyas necesidades resulten de magnitudes superiores a las atendidas por el Banco Mundial. Asimismo, la utilización de esta línea crediticia se circunscribe a un conjunto menor de provincias, entre ellas Buenos Aires.

La mecánica adoptada en esta oportunidad consiste en la reasignación de cupos crediticios entre las provincias participantes, una vez que hayan sido utilizados los fondos emergentes de la asignación inicial. En esta reasignación es dable suponer una mayor participación de las provincias que, como Buenos Aires, cuentan con una cantidad importe de municipios. Ello tenderá a morigerar el riesgo de desabastecimiento crediticio en una amplia mayoría de municipios, promoviendo criterios dirigidos a la igualdad de oportunidades entre las provincias y, en última instancia, a las comunas involucradas en los proyectos.

Es por las razones expuestas precedentemente, que el Poder Ejecutivo recurre a Vuestra Honorabilidad solicitándole la pronta sanción del presente proyecto de ley, no pudiendo dejar de destacar no sólo la oportunidad del contexto en que se manifiestan estas asistencias crediticias, caracterizado por la profundidad con la que debaten los roles y funciones de los sectores públicos y en el que se da especial preferencia y acercamiento de las funciones de gobierno a las concretas necesidades de los habitantes, sino también las connotaciones en favor de las reconversiones en procura de la eficientización de la gestión municipal, con el necesario financiamiento para su concreción.

Cabe añadir la previsión de los programas en el sentido que los municipios se constituyan en subprestatarios de los recursos que se obtengan con el endeudamiento sometido a consideración de Vuestra Honorabilidad, debiendo responder con sus propios recursos, en caso de incumplimiento de las obligaciones que asuman, afectando a tal efecto los fondos de la coparticipación provincial.

 

                                                            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.