DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N° 1207-DGCYE-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 5 de Abril de 2021
VISTO el EX-2021-03165092-GDEBA-SDCADDGCYE mediante el cual se tramita la promoción excepcional para el personal de la planta permanente con estabilidad que reviste en el régimen de la Ley N° 10430 (T.O. Decreto N° 1869/96) en los términos del DECRE-2020-1257-GDEBA-GPBA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1257/20 se dispuso la promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento, en forma excepcional, a partir del 1° de enero de 2021, al personal que al 31 de diciembre de 2020 reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10430 y modificatorias, Decreto Reglamentario N° 4161/96, en los términos allí establecidos;
Que a través del artículo 11 del citado acto se facultó a las/os Ministras/os Secretarias/os, el Secretario General, las y los titulares de los Organismos de la Constitución, el Asesor General de Gobierno, y las y los titulares de los Organismos Descentralizados de la Administración Pública Provincial, a disponer las promociones que se efectúen de conformidad con las previsiones allí dispuestas;
Que en tal sentido, la presente medida dispone la promoción en forma excepcional, a partir del 1° de enero de 2021, al personal que al 31 de diciembre de 2020 reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430 y modificatorias, Decreto Reglamentario N° 4161/96, dependiente de este Organismo que reúna las condiciones definidas por dicha norma; Que las personas trabajadoras comprendidas en el párrafo precedente se detallan en las planillas que como Anexo I y II forman parte integrante de la presente medida;
Que en ese sentido, obran en Anexo I (IF-2021-03161938-GDEBA-SDPERDGCYE) y Anexo II (IF-2021-03162624-GDEBASDPERDGCYE) la nómina de agentes que promocionan en dos (2) grados y un (1) grado, respectivamente, todo ello conforme a lo normado en el Decreto N° 1257/20;
Que la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos impulsará a través del área correspondiente, las modificaciones en los planteles básicos a que hubiere lugar, en virtud de las medidas que por la presente se adoptan;
Que la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, evaluó que todos/as los/as agentes comprendidos en la presente medida se encuentran en condiciones de promocionar, y prestó conformidad;
Que han tomado la intervención de su competencia la la Dirección de Presupuesto y la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos de este Organismo, la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 1257/20 se exceptuó de los alcances del primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 y modificatorios a la promoción propiciada por la presente;
Que en tal sentido, la promoción que por el presente acto se propicia, será a partir del 1° de enero de 2021; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69, inciso a, de la Ley Nº 13688 y por el artículo 11 del Decreto N° 1257/20;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Disponer la promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento, en forma excepcional, en la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, en los términos del artículo 1° y concordantes del Decreto N° 1257/20, a partir del 1° de enero de 2021 al personal de la planta permanente que revista en el régimen de la Ley N° 10.430 (T.O. Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, los cuales se nominan en el Anexo I - Nómina de agentes que promocionan en dos categorías (IF-2021-03161938-GDEBA-SDPERDGCYE) y en el Anexo II - Nómina de agentes que promocionan en una categoría (IF-2021-03162624-GDEBA-SDPERDGCYE), que forman parte integrante de la presente, quienes revisten en las condiciones que en cada caso se detalla.
ARTÍCULO 2°. La Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos de este Organismo gestionará a través del área correspondiente las adecuaciones presupuestarias necesarias ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas, e impulsará las modificaciones de los planteles básicos a que hubiere lugar, en virtud de las medidas que por el presente acto se adoptan.
ARTÍCULO 3°. La presente resolución será refrendada por la Subsecretaria de Administración y Recursos Humanos de este Organismo.
ARTÍCULO 4º. Registrar esta resolución ante la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar a la Dirección de Presupuesto, a Dirección General de Administración dependiente de la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, a la Dirección Provincial de Personal, a la Contaduría General de la Provincia y notificar por intermedio de la Dirección de Personal a quien corresponda. Cumplido, remitir la presente al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, para su conocimiento. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
NOTA:Los Anexos mencionados en la presente Resolución pueden ser visualizados en su formato PDF.
Paula Verónica Ferraris, Subsecretaria; María Agustina Vila, Directora.