Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS
Resolución Nº 230

 

La Plata, 24 de julio de 2006.

 

POR 1 DIA - Visto el expediente N° 2582-1987/06, por el que se dictó la Resolución N° 221/06, de fecha 13 de julio de 2006, y

 

CONSIDERANDO:


Que por el acto administrativo indicado en el exordio de la presente, se implementó el Sistema de Emisión de Guías Ganaderas y Control para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, y se aprobó el Manual del Usuario del Sistema de Emisión de Guías Ganaderas y Control, para dichos Distritos Bonaerenses


Que habiéndose presentado las condiciones técnicas y operativas necesarias y suficientes para la iniciación del uso del Sistema de referencia, esta Titularidad estima oportuno y conveniente fijar el día 24 de julio de 2006, como fecha de obligatoriedad de dicho uso


Que a fin de evitar inconvenientes ulteriores, se estima también adecuado requerir a los Municipios Bonaerenses la entrega de los remanentes de formularios de Guías Unicas de Traslado aún en existencia en dichos ámbitos, previa información a esta Sede de las numeraciones correspondientes;


Por ello,

 

EL MINISTRO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:

 

ARTICULO 1°. Fijar el día 24 de julio de 2006, como fecha de comienzo del uso obligatorio del Sistema de Emisión de Guías Ganaderas y Control para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 221/06, de fecha 13 de julio de 2006.


ARTICULO 2°. A los fines del efectivo cumplimiento del Artículo 1º, los Municipios de la Provincia de Buenos Aires deberán hacer entrega, en forma indefectible y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificada la presente, de todas las existencias de las versiones de imprenta de la Guía Unica de Traslado, adoptada por el Artículo 2º de la Ley 10891, actualmente en vigencia por Decreto Nº 4212/88, acompañando a las mismas nota suscripta por autoridad competente, con carácter de Declaración Jurada, en la que constarán las numeraciones de los ejemplares entregados.


ARTICULO 3º. Regístrese, comuníquese, notifíquese a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, publíquese, dese al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archívese.


Ing. Agr. Raúl Rivara

Ministro de Asuntos Agrarios

C.C. 6.673