Fundamentos de la

Ley 11307

 

            El presente proyecto de ley tiene por finalidad jerarquizar la posibilidad de enseñar educación ambiental partiendo del Ecosistema Lacustre en escuelas públicas próximas a lagos naturales o artificiales.

            El I.L.E.C., Comité Internacional para el Ambiente Lacustre, con sede en Otsu, Japón, auspicia este programa piloto, que comenzó a experimentarse en el año 1989 en Dinamarca, Japón y Brasil, y a partir de 1991, se extendió a Tailandia, Ghana y Argentina (en una escuela primaria y otra secundaria en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, sobre el embalse de Salto Grande y en la Escuela de Nivel Primario № 2 “Domingo Faustino Sarmiento” y en la Escuela Normal Nacional Superior en la ciudad en la Chascomús, provincia de Buenos Aires, sobre la laguna homónima).

            El proyecto de Educación Ambiental y Ecología Lacustre (P.E.A.E.L.) impulsará asimismo la interrelación de las escuelas participantes entre y con el I.L.E.C. y otras instituciones interesadas.

            Los resultados de esta iniciativa serán resumidas en informes anuales y un Informe final que posibilitarán a las diversas escuelas (de nivel primario y secundario de los países que participan del proyecto) beneficiarse de las experiencias ajenas y perfeccionar sus propios métodos y contenidos a través del conocimiento y evaluación de diversas formas de abordar los problemas ambientales entre diferentes niveles, alumnos, maestros.

            Este programa, aunque independiente por sus orígenes, se vincula por su finalidad, dentro de un enfoque particular, con el Programa Internacional de Educación Ambiental (P.I.E.A.) propiciado desde los años ’70 por la U.N.E.S.C.O.(Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) y el P.N.Y.M.A.(Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente).

            Por todo lo expuesto, solicito a este Honorable Cuerpo, la aprobación del mencionado proyecto.