Fundamentos de la

Ley 12109

 

            Oportunamente la Ley 11.564 declaro de interés público y sujeto a expropiación el inmueble sito en la ciudad de Avellaneda denominada catastralmente como Circunscripción II, sección B, manzana 11, parcela 45, con dominio inscripto al № 110.185, Folio № 488 del año 1920 del partido de Avellaneda, a nombre de la Sociedad Popular de Educación de Avellaneda.

            La finalidad de la medida era su transferencia a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia con destino a la escuela 46 del Distrito mencionado, con el objeto de erigir en ese predio un edificio.

            Ahora bien la Ley 11.561, con idéntica finalidad, al tratarse de predios vecinos, una vez incidida la construcción se ejecuto la misma totalmente en el inmueble expropiado por esta última ley, quedando sin utilizar al afectado por la Ley 11.564.

            Además de la respuesta, en este último se halla erigida una añosa construcción para la cual los vecinos de Avellaneda solicitan su declaración como patrimonio histórico, reuniendo la misma las características y condiciones para tal fin.

            Por lo expuesto es que se solicita la sanción de la presente ley derogando su similar Ley 11.564.