SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

Diligenciamiento electrónico de oficios entre "Augusta" y GDEBA

Resolución N° 779/2021

Expte. N° 8/15. Alc. 1 - Sec. Planif.

VISTO: el Convenio Marco de Colaboración suscripto por esta Suprema Corte de Justicia con el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires el 1° de septiembre de 2020 (registrado bajo el n° 540/20), y las Actas Complementarias N° 1 y N° 2, firmadas por los representantes de ambos organismos; y

CONSIDERANDO:

1°) Que, por el referido Convenio Marco, ambas partes reconocieron la importancia de la utilización de los actuales adelantos tecnológicos y desarrollos informáticos en las labores de gestión de intercambio de información, coincidiendo en emplear estos medios electrónicos a fin de imprimir celeridad y certeza en el diligenciamiento de las comunicaciones (cláusula segunda).

2°) Que, ello así, se estableció un compromiso de ambas partes de integrar los sistemas de gestión en la medida que sea necesario para alcanzar los objetivos previstos, utilizando tecnologías modernas de integración y respetándose las políticas respectivas de seguridad de la información.

3°) Que, en ese marco, los representantes de ambos organismos -por la Suprema Corte, el Secretario de Planificación y el Subsecretario de Tecnología Informática, y por el Ministerio, la Subsecretaría de Gobierno Digital-, avanzaron en concretar la utilización de herramientas en formato electrónico, lo que se instrumentó específicamente a través de las Actas Complementarias N° 1 y N° 2, celebradas el 11 de diciembre de 2020 y el 21 de mayo del corriente año -respectivamente-, en las que se establecieron los objetivos concretos, los planes de trabajo, las obligaciones específicas de cada parte, y demás aspectos que estimaron necesarios a dichos fines (cláusula tercera del Convenio cit.),

4°) Que, de esta manera, las pruebas de la integración entre el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la Suprema Corte y el Sistema de Gestión Documental Electrónica del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires “GDEBA”, para la tramitación de oficios judiciales de manera electrónica, han resultado exitosas, habiendo manifestado el referido Ministerio su expresa conformidad con la implementación de la funcionalidad del diligenciamiento electrónico de las comunicaciones aludidas a partir del Io de junio del corriente año.

5°) Que, en tal sentido, se acordó que el sistema a implementar -cuyo procedimiento técnico se encuentra detallado en el Anexo I del acta complementarias N° 1 al Convenio citado en el visto-, contempla el envío de oficios judiciales desde el Sistema “AUGUSTA” de la Suprema Corte hacia el “GDEBA”, y la contestación por parte de los órganos del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, utilizando los servicios web (“Web Services”) puestos a disposición por cada uno de los sistemas mencionados.

6°) Que, a tales efectos, se habilitarán, en los sistemas de gestión judicial, los domicilios electrónicos respectivos, los que serán publicados por la Subsecretaría de Tecnología Informática en la página web de la Suprema Corte de Justicia, y serán incluidos en el Registro de Domicilios Electrónicos creado por el Acuerdo N° 3989 (t.o. Res. Pres, SPL N° 74/20).

7°) Que la citada Subsecretaría de Tecnología Informática ha adoptado los recaudos necesarios para facilitar la operatividad de la herramienta informática en cuestión a partir de la fecha arriba indicada.

8°) Que, cabe concluir que la implementación de los avances alcanzados colaborará con una mayor eficiencia del servicio de justicia (art 15, Const. Pcial.), en aspectos instrumentales que reconocen las posibilidades actuales de comunicación.

POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones (art. 32 inc. "a" Ley 5827) y con arreglo a lo establecido en el artículo 4° del Acuerdo 3971

RESUELVE

Artículo 1°: Disponer que, a partir del 1° de junio del corriente año, se encontrará disponible un sistema para el envío de oficios judiciales desde el Sistema “AUGUSTA” de la Suprema Corte hacia el Sistema de Gestión Documental Electrónica del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires (GDEBA), y la contestación por parte de los órganos de este último, utilizando los servicios web (“Web Services”) puestos a disposición por cada uno de los sistemas mencionados, cuyo procedimiento técnico que se encuentra detallado en el Anexo I del acta complementarias N° 1 al Convenio citado en el visto, se publicara junto a la presente.

Artículo 2°: Disponer que, a partir de la fecha indicada en el artículo anterior, todos los organismos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia provincial deberán librar indefectiblemente los requerimientos a los órganos del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires que utilicen el sistema GDEBA, en el marco de una causa judicial ya iniciada, mediante oficio judicial en formato digital, para lo cual se habilitarán paulatinamente en los sistemas de gestión judicial los domicilios electrónicos respectivos. Las respuestas, a dichos oficios judiciales, también serán remitidas por los citados órganos del Poder Ejecutivo utilizando el servicio web mencionado en el artículo anterior.

Artículo 3°: Solicitar al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires y al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, la difusión de la presente operatoria.

Artículo 4°: Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática de esta Suprema Corte, la efectiva disponibilidad de la modalidad informática en cuestión para la fecha indicada en el artículo 1° de la presente y la publicación de los domicilios electrónicos respectivos en la página web de la Suprema Corte de Justicia, los que también serán incluidos en el Registro de Domicilios Electrónicos creado por el Acuerdo N° 3989 (t.o. Res. Pres. SPL N° 74/20).

Artículo 5°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio web de esta Suprema Corte y comuníquese.

Firmado: 27 de mayo de 2021

Sergio Gabriel Torres, Hilda Kogan, Luis Esteban Genoud, Eduardo Julio Pettigiani, Daniel Fernando Soria. Ante mí: Néstor Antonio Trabucco, Matias José Álvarez.