Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Nº 182
VISTO el
expediente Nº 2300-2735/13, por el cual tramita la aprobación de los términos y
condiciones para la emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2014, las
Leyes provinciales Nº 13.767, Nº 14.552 y Nº 10.189, los Decretos Nº 3.260/08 y
Nº 3.264/08,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76
de
Que el artículo 40
de
Que,
adicionalmente, el artículo incorporado a
Que, asimismo,
ambos artículos establecen que los servicios de amortización e intereses y
demás gastos asociados a cada emisión, serán afrontados a partir de rentas generales
de
Que, conforme lo
establecido por el artículo 76 inciso e) del Anexo Único del Decreto Nº
3.260/08, el monto máximo de autorización para hacer uso del crédito a corto
plazo que fije
Que el artículo 76
de
Que en ese
sentido, el citado artículo 40 de
Que mediante
Que, conforme lo dispuesto por el artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08 el Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro en cada oportunidad, correspondiendo la presente resolución al undécimo tramo del citado Programa;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto y el cronograma antes citado, se propicia que el vencimiento de las Letras operen a cuarenta y dos (42), setenta y siete (77) y ciento cinco (105) días de su emisión respectivamente;
Que, el mencionado
artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, también establece que
Que, a efectos de la instrumentación en el mercado local de la emisión de las Letras del Tesoro, la licitación pública de los mencionados títulos se realizará en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.) a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registro y liquidación de las operaciones con Letras;
Que asimismo, para incentivar la participación de inversores y pequeños ahorristas del mercado de capitales, se requiere reconocer a los agentes del M.A.E. comisiones por las posturas presentadas, toda vez que ello implica un esfuerzo de venta por parte de los mismos;
Que se estima
pertinente delegar la implementación de la operatoria y las autorizaciones que
al efecto se requieren en
Que han tomado la
intervención de su competencia Tesorería General de
Que la presente
medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76 de
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO
DE ECONOMÍA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer los siguientes términos y
condiciones financieras de las Letras del Tesoro a cuarenta y dos (42) días por
un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000), a
emitir por
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 27 de agosto de 2014.
e) Fecha de emisión: 28 de agosto de 2014.
f) Fecha de liquidación: 28 de agosto de 2014.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: cuarenta y dos (42) días.
l) Vencimiento: 9 de octubre de 2014.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
n) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
s) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en
t) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
u) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de
cálculo: será
x) Agente
Financiero: Banco de
y) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras
del Tesoro a setenta y siete (77) días por un monto de hasta valor nominal
pesos treinta millones (VN $30.000.000), a emitir por
a) Denominación:
“Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 27 de agosto de 2014.
e) Fecha de emisión: 28 de agosto de 2014.
f) Fecha de liquidación: 28 de agosto de 2014.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: setenta y siete (77) días.
l) Vencimiento: 13 de noviembre de 2014.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
n) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
s) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en
t) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
u) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de
cálculo: será
x) Agente
Financiero: Banco de
y) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes términos y
condiciones financieras de las Letras del Tesoro a ciento cinco (105) días por
un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000), a
emitir por
a) Denominación:
“Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 27 de agosto de 2014.
e) Fecha de emisión: 28 de agosto de 2014.
f) Fecha de liquidación: 28 de agosto de 2014.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Interés:
1) Tasa aplicable:
se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para
depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a
treinta y cinco (35) días, –Badlar Bancos Privados- o aquélla que en el futuro
la sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por
el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calculará sobre el valor nominal; desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del cupón excluyendo a esta última.
3) Fecha de pago de interés: se pagará un (1) servicio de interés, el 11 de diciembre de 2014. Si la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
m) Plazo: ciento cinco (105) días.
n) Vencimiento: 11 de diciembre de 2014.
ñ) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
s) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
t) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en
u) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
v) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de
cálculo: será
y) Agente
Financiero: Banco de
z) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Autorizar a
Asimismo, autorizar al Director Provincial de Deuda y Crédito Público del Ministerio de Economía, a suscribir y aprobar (incluyendo el uso de la firma facsímil) los documentos de difusión y todo otro documento relacionado que resulte necesario a tales fines.
ARTÍCULO 5º. De mediar inconvenientes de fuerza mayor atribuibles
al sistema de comunicaciones provisto por el M.A.E. o la aplicación SIOPEL,
ARTÍCULO 6º. Autorizar a
ARTÍCULO 7º.
ARTÍCULO 8º. Autorizar a
ARTÍCULO 9º. Autorizar a
ARTÍCULO 10. Los gastos, incluidas las comisiones, que se
originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras
del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General de
ARTÍCULO 11. Registrar, notificar al Fiscal de Estado,
comunicar a Tesorería General de
Gabriel Esterelles
Subsecretario de Hacienda
C.C. 8.782