Fundamentos de la

Ley 11762

 

HONORABLE LEGISLATURA:

            Se somete a consideración de vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley cuyo objetivo es el de regularizar la deuda existente a favor de los beneficiarios de la Caja de Retiros, jubilaciones y Pensiones de la Policía Bonaerense la cual, se propone, sea cancelada mediante la entrega de Bonos de Consolidación Ley 11.192 emitidos en moneda nacional.

            El 15 de mayo de 1992 se dicta el decreto número 1235, otorgando una bonificación no renumerativa no bonificable al personal de la Policía y del Servicio Penitenciario ante la necesidad de incrementar los ingresos del mismo en virtud de la Política de Seguridad implementada en concordancia con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.

            Tal como se establece en los considerandos de la norma mencionada, el incremento es otorgado a pesar de las dificultades económico-financieras imperantes en su momento. De los análisis realizados, la Provincia sólo podía mejorar la situación salarial de los activos, en el entendimiento que era necesario dar prioridad a las acciones destinadas a preservar la seguridad de la población y de sus bienes como así también las dirigidas a la reclusión de personas.

            Como fecha 20 de noviembre de 1992 se dicta el decreto número 3483 por el cual se otorga una bonificación no renumerativa no bonificable al personal del área Seguridad en virtud del mayor esfuerzo que significaba para el mismo encarar los nuevo programas implementados en materia de represión, prevención y corrección.

            No obstante que las dificultades financiera referidas en el decreto 1235/92 aún persistían, el decreto 3483/92 contempló a los retirados, jubilados y pensionados en la Caja de Policía y del Servicio Penitenciario, otorgándoles una bonificación no renumerativa no bonificable con los valores del decreto 1235/92 que resultan mas altos.

            Por último, el decreto 594/91, otorgó al personal en actividad de la Administración General de la Provincia, no comprendido en Convenciones colectivas de Trabajo a excepción del personal docente y con un régimen horario de treinta (30) o más horas de labor, una Asignación Especial No Renumerativa de QUINCE PESOS ($15).

            Ahora bien, mediante expediente 2138/63.743/92 y agregados, los beneficiarios de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Bonaerense reclaman el pago de las bonificaciones otorgadas a los activos por los decretos mencionados cuyas deudas corresponden al período marzo-septiembre de 1992 (decreto 1235/92) y a partir de octubre del mismo año con los valores fijados para el personal activo mediante decreto 3483/92. Asimismo se reclama el pago de los QUINCE PESOS ($15) determinados por el decreto 594/91.

            Sin perjuicio de la legitimidad del reclamo, la situación general de las finanzas públicas no ha mejorado lo suficiente como para dar cabida al mismo; al contrario, actualmente la Provincia se halla en un precario equilibrio financiero siendo imposible admitir mayores erogaciones por sobre las previstas en el Presupuesto General.

            En efecto, los recursos con que cuenta esta Provincia tanto los propios como los de origen nacional han sufrido importantes disminuciones de acuerdo a la situación económica general del País; por su parte, el gasto emergente del cumplimiento de las obligaciones a cargo del Estado no es precisamente sensible a la baja en función de las disponibilidades financieras.

            Las políticas sociales que en materia de seguridad, salud, educación, etc. Implementa el Poder Ejecutivo configuran prioridades que absorben en gran medida los recursos del Estado, siendo imposible resignar funciones que no provoquen impactos negativos en la comunidad. Esta realidad conduce a remitir a vuestra Honorabilidad el proyecto de ley mencionado en el primer párrafo, en el cual se plasma una solución definitiva al problema que nos ocupa cancelando la deuda que resulte a la fecha de dictada la ley.

            Dios guarde a vuestra Honorabilidad.