SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Comunicaciones electrónicas con el Registro de la Propiedad.
Res. SC Nº 1435
Expte. Nº 5/19 - Sec. Planif.
VISTO: Los avances alcanzados por la Comisión Mixta conformada por la cláusula sexta del Acuerdo Marco de Implementación de nuevas tecnologías suscripto por la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires -Dirección Provincial del Registro de la Propiedad- (RPI) con fecha 13 de julio de 2016, registrado bajo el número 397, y
CONSIDERANDO:
1º) Que, a través del referido Convenio, se decidió implementar la integración total de los sistemas de notificaciones y presentaciones electrónicas entre ambos organismos. Que, en ese marco, en primer lugar, se avanzó en las comunicaciones de las trabas de medidas cautelares en general, inhibiciones y embargos de inmuebles en particular, sus modificaciones, reinscripciones o levantamientos, dirigidas a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, las que se realizan digitalmente desde el 11 de marzo de 2019, por todos los órganos judiciales y respecto a los inmuebles pertenecientes a todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, cualquier sea el tipo de proceso (Resoluciones Nros. 1799/16, Nº 2809/18 y Nº 290/19).
2º) Que, habiendo obtenido resultados satisfactorios tal implementación, la citada Comisión Mixta -cuyos integrantes en representación de esta Suprema Corte de Justica, Lic. Néstor Trabucco, Lic. Alberto Spezzi, Dr. Marcelo Schreginger y Dra. María Cecilia Tanco, (conforme Res. de Presidencia Nº 103/16)- en uso de sus facultades previstas en las cláusulas segunda y sexta del Acuerdo Marco, avanzó en la operatoria de comunicaciones electrónicas del servicio de publicidad que provee el RPI Que, de esta manera, con fecha 3 de diciembre pasado mediante Acta de Implementación Especifica Nº 4, la citada comisión acordó proponer la implementación de las comunicaciones electrónicas vinculadas al referido servicio de publicidad, cuyo alcance incluirá a todos los órganos judiciales y respecto a los inmuebles pertenecientes a todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, cualquier sea el tipo de proceso, y comprenderá los siguientes trámites: (i) informe de dominio de inmueble matriculado/no matriculado (código 765); (ii) Informe de anotaciones personales sobre persona humana/jurídica (código 766); (iii) consulta al índice de titulares (código 767); y (iv) solicitud de copia de dominio de inmueble matriculado/no matriculado -copia de asientos registrales- (código 772), lo que corresponde aprobar en este acto.
3º) Que, en este sentido, de acuerdo a las cláusulas segunda, decimoprimera y decimosegunda del Acuerdo Marco, la Comisión Mixta propone implementar la operatoria en cuestión a través de los sistemas informáticos de comunicación existentes, esto es por medio de los servicios web ("Web Services") prestados por ambos organismos y ya en uso para las comunicaciones electrónicas de las trabas de medidas cautelares en general, inhibiciones y embargos de inmuebles en particular, sus modificaciones, reinscripciones o levantamientos. A tal fin, sugiere aplicar -en lo pertinente- el procedimiento técnico allí aprobado (Resolución de Corte Nº 2809/18, Anexo II), sin perjuicio de las modificaciones futuras que puedan surgir sobre este último y sean propuestas a este Tribunal por la Comisión Mixta. En dicho marco, la Suprema Corte de Justicia procederá a crear un domicilio electrónico nuevo y específico para el servicio de publicidad denominado: regpropiedad-publicidad@rpba.notificaciones-, todo lo cual también corresponde aprobar en el presente.
4º) Que, asimismo, en uso de sus facultades (cláusula tercera, Acuerdo cit.) la citada Comisión Mixta aprobó siete (7) nuevos modelos de los documentos judiciales dirigidos al Registro de la Propiedad, denominados: (i) "Oficio Judicial de Informe de dominio inmueble matriculado - folio real (765-FR)"; (ii) "Oficio Judicial de Informe de dominio inmueble no matriculado - ley 2378 (765-NM)"; (iii) "Oficio de informe de anotaciones personales sobre persona humana (766-H)"; Anexo (iv) "Oficio de informe de anotaciones personales sobre persona jurídica (766-J)"; (v) "Oficio judicial de consulta al índice de titulares (767)"; (vi) "Oficio judicial de solicitud de copia de dominio inmueble matriculado - folio real (Copia de Asientos Registrales) (772-FR)"; y (vii) "Oficio judicial de solicitud de copia de dominio inmueble no matriculado - ley 2378 (Copia de Asientos Registrales) (772-NM)", los que corresponde aprobar -adicionando a los modelos aprobados por Resolución Nº 2809/18 de la Suprema Corte de Justicia (Anexo ID)- integrando el Anexo Único de la presente. Que, en tal sentido, corresponde hacer saber a los órganos jurisdiccionales que, a partir del 15 de febrero de 2021, deberán librar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, utilizando -según corresponda e independientemente del soporte en el que se elaboren- la totalidad de los textos que por este acto se oficializan.
5°) Que también cabe hacer saber a los órganos jurisdiccionales que el RPI le dará fecha y número de entrada a cada notificación, pero no comunicará ello, por el momento, al órgano jurisdiccional interviniente -más allá de la posibilidad de consulta o seguimiento del trámite a través del "nut" respectivo-, sino que la presentación electrónica se realizará recién para la respuesta definitiva de cada trámite, mediante un documento electrónico firmado digitalmente.
6°) Que, por otra parte, la referida Comisión Mixta convino que, en los casos que corresponda el pago de la tasa, el mismo será efectuado a través de los mecanismos de pago ya previsto para las medidas cautelares, esto es el que determine el Registro de la Propiedad conforme a la normativa vigente (ello en el marco del Convenio de Colaboración y Comunicación Tecnológica celebrado por la citada entidad con este Tribunal y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires el 06/08/12 -registrado bajo el Nº 259/12-), debiendo incorporarse el número de timbrado al documento judicial que envíe electrónicamente el órgano jurisdiccional a aquel organismo, sin perjuicio de acompañarse en archivo adjunto, además, copia del respectivo comprobante de pago, lo que a su vez cabe hacer saber a los órganos jurisdiccionales.
7°) Que, a tales efectos, corresponde encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática arbitre las medidas necesarias para implementar efectivamente la herramienta informática en cuestión y realice las capacitaciones pertinentes, cumplido lo cual deberá presentar un informe a la Presidencia con antelación suficiente, sin perjuicio de lo que oportunamente se proponga a través de la citada Comisión Mixta.
8°) Que, cabe concluir que la implementación de los avances alcanzados por la citada Comisión Mixta, colaborará con una mayor eficiencia del servicio de justicia (art. 15, Const. Pcial.), en aspectos instrumentales que reconocen las posibilidades actuales de comunicación.
Por ello, la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones y con arreglo a la dispuesto en el artículo 4 del Acuerdo 3971,
RESUELVE
Artículo 1º: Disponer que las comunicaciones de publicidad registral, dirigidas a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, se efectuarán electrónicamente por todos los órganos judiciales y respecto a los inmuebles pertenecientes a todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, cualquier sea el tipo de proceso, a partir del 15 de febrero de 2021.
Artículo 2°: Las comunicaciones electrónicas remitidas por los órganos jurisdiccionales serán suscriptas por el Secretario o quien haga sus veces y se efectuará a través de notificación electrónica al domicilio electrónico especifico de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad (regpropiedad-publicidad@rpba.notificaciones
o el que esta Suprema Corte con posterioridad modifique o sustituya), resultando aplicable -en lo pertinente- el procedimiento técnico aprobado en el Anexo II de la Resolución de Corte Nº 2809/18.
Artículo 3°: Aprobar los textos de los modelos estandarizados de los siguientes documentos judiciales: (i) "Oficio Judicial de Informe de dominio inmueble matriculado - folio real (7~5-FR)", (ii) "Oficio Judicial de Informe de dominio inmueble no matriculado - ley 2378 (765-NM)", (iii) "Oficio de informe de anotaciones personales sobre persona humana (766-H)", (iv) "Oficio de informe de anotaciones personales sobre persona jurídica (766-J)"; (v) "Oficio judicial de consulta al índice de titulares (767)"; (vi) "Oficio judicial de solicitud de copia de dominio inmueble matriculado - folio real (Copia de Asientos Registrales) (772-FR)"; y (vii) "Oficio judicial de solicitud de copia de dominio inmueble no matriculado - ley 2378 (Copia de Asientos Registrales) (772-NM)", en adición a los existentes aprobados por Resolución Nº 2809/18 de la Suprema Corte de Justicia (Anexo Ill), los que forman parte de la presente como Anexo Único.
Artículo 4°: Establecer que, a partir de la fecha indicada en el artículo 1º de la presente, todos los órganos judiciales deberán librar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, utilizando -según corresponda e independientemente del soporte en el que se elaboren- los textos de los modelos supra aprobados.
Artículo 5°: Disponer la publicación de los textos de los modelos aprobados en el artículo 3° en el sitio Web de la Suprema Corte a fin de facilitar su uso por parte de los operadores jurídicos y su incorporación en los sistemas de gestión jurisdiccional, para su utilización por parte de los órganos judiciales de esta Administración de Justicia y demás interesados. Artículo 6°: Solicitar a la Dirección del Registro de la Propiedad y al Colegio de Abogados, ambos de la Provincia de Buenos Aires, la difusión de los modelos aprobados.
Artículo 7°: Hacer saber a los órganos jurisdiccionales que el Registro de la Propiedad le dará fecha y número de entrada a cada notificación, pero no comunicará ello, por el momento, al órgano jurisdiccional interviniente -más allá de la posibilidad de consulta o seguimiento del trámite a través del "nut" respectivo-, sino que la presentación electrónica se realizará para la respuesta definitiva de cada trámite, mediante un documento electrónico firmado digitalmente.
Artículo 8°: Comunicar a los órganos jurisdiccionales que, en los casos que corresponda el pago de la tasa, el mismo será efectuado a través de los mecanismos de pago ya previsto para las medidas cautelares, esto es el que determine Registro de la Propiedad conforme a la normativa vigente, debiendo incorporarse el número de timbrado al documento judicial que envíe electrónicamente el órgano jurisdiccional a aquel organismo, sin perjuicio de acompañarse en archivo adjunto, además, copia del respectivo comprobante de pago.
Artículo 9°: Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática que arbitre las medidas necesarias para implementar efectivamente la herramienta informática en cuestión.
Artículo 10°: Requerir a la Subsecretaría de Tecnología Informática que, en el marco de lo dispuesto en el artículo anterior, realice las capacitaciones pertinentes con la colaboración del Instituto de Estudios Judiciales antes de la fecha indicada en el artículo 1°. Dicha capacitación estará dirigida a los funcionarios letrados de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros y será de concurrencia obligatoria para, al menos, dos funcionarios letrados de cada órgano. Asimismo, quedan invitados a participar los Señores Magistrados.
Artículo 11º: Solicitar a la Subsecretaría de Tecnología Informática que, una vez cumplido con lo dispuesto en los artículos 9 y 10, lo informe a la Presidencia de este Tribunal con antelación suficiente.
Artículo 12°: Regístrese y comuníquese por correo electrónico a la totalidad de los órganos jurisdiccionales de esta Administración de Justicia, al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad. Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio WEB de esta Suprema Corte de Justicia. Sergio Gabriel Torres, Eduardo Néstor de Lazzari, Eduardo Julio Pettigiani, Hilda Kogan, Luis Esteban Genoud, Daniel Fernando Soria. Ante mí: Néstor Trabucco, Matías José Álvarez.
ANEXO ÚNICO
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad
Número y fecha de entrada: 765-FR
OFICIO JUDICIAL DE INFORME DE DOMINIO INMUEBLE MATRICULADO - FOLIO REAL
Tipo de trámite:
Número de Timbrado:
Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.:
AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S________ / _________ D:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien informar la situación dominial del siguiente inmueble:
INSCRIPCIÓN DE DOMINIO
Partido ___________ Matrícula ___________ U.F/U.C.: ___________ NOMENCLATURA CATASTRAL Cir.: _____ Sec.: _____ Chac: _____Quinta: _____ Fracción: _____ Mza_____Parc.: _____Subpar.: _____
DESIGNACIÓN SEGÚN
TITULARES DE DOMINIO
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE
ESPACIO RESERVADO PARA EL USO DEL RPBA
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad
Número y fecha de entrada: 765-NM
OFICIO JUDICIAL DE INFORME DE DOMINIO INMUEBLE NO MATRICULADO - LEY 2378
Tipo de trámite:
Número de Timbrado:
Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.:
AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES S________ / _________ D: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien informar la situación dominial del siguiente inmueble:
INSCRIPCIÓN DE DOMINIO
Partido: ___________ Follo-Año-Legajo ___________ U.F/U.C.D.H: ___________ NOMENCLATURA CATASTRAL
Cir.: _____ Sec.: _____ Chac: _____Quinta: _____ Fracción: _____ Mza_____Parc.: _____Subpar.: _____
DESIGNACIÓN SEGÚN
TITULARES DE DOMINIO MEDIDAS Y LINDEROS SUPERFICIE
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad
Número y fecha de entrada: 766-H
OFICIO JUDICIAL DE INFORME DE ANOTACIONES PERSONALES SOBRE PERSONA HUMANA
Tipo de trámite:
Número de Timbrado:
Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.: AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S________ / _________ D:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien informar las anotaciones personales respecto de:
Apellldo: Nombres:
Doc:. de identidad Tipo: _____ Número: _____________
Fecha da nacimiento:
Apellido materno:
Nombre materno:
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE
Si la información requerida corresponde a un rango de fechas 11 a partir de 1993, deberá especificarlo en este rubro.
ESPACIO RESERVADO PARA EL USO DEL RPBA
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad Número y fecha de entrada: 766-J
OFICIO DE INFORME DE ANOTACIONES PERSONALES SOBRE PERSONA JURÍDICA INHIBICIÓN
Tipo de trámite:
Número de Timbrado:
Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.:
AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL
DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S________ / _________ D:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien informar las anotaciones personales respecto de:
Denominación según surge del estatuto, contrato social, decreto o resolución:
CUIT:
DENOMINACIÓN con prescindencia de tipo societario y/o razón social:
RAZON SOCIAL/TIPO SOCIETARIO:
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE Si la información requerida corresponde a un rango de fechas a partir de 1993, deberá especificarlo en este rubro.
ESPACIO RESERVADO PARA EL USO DEL RPBA
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad Número y fecha de entrada: 767
OFICIO JUDICIAL DE CONSULTA AL ÍNDICE DE TITULARES
Tipo de trámite:
Número de Timbrado: Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.: AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S________ / _________ D:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien informar respecto de la consulta al índice de titulares conforme el criterio seleccionado:
TITULAR DE DOMINIO
Apellido/Razón Social: ________ Nombres: ______
Documento de Identidad/Domicilio de la Sociedad:
CUIT:
PARTIDO
Cód. Partido;
PARTIDA
Número Partida:
NOMENCLATURA CATASTRAL Cir.: _____ Sec.: _____ Chac: _____Quinta: _____ Fracción: _____ Mza_____Parc.: _____Subpar.: _____
INSCRIPCIÓN DE DOMINIO
Folio/Matrícula/Legajo: ______ Año: ______
U.F/U.C.: _______ Serie: ______
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE
ESPACIO RESERVADO PARA EL USO DEL RPBA
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad Número y fecha de entrada: 772-FR
OFICIO JUDICIAL DE SOLICITUD DE COPIA DE DOMINIO INMUEBLE MATRICULADO - FOLIO REAL (COPIA DE ASIENTOS REGISTRALES)
Tipo de trámite:
Número de Timbrado:
Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.:
AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S________ / _________ D:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien acompañar copia de dominio inmueble matriculado - Folio Real que se detalla a continuación:
INSCRIPCIÓN DE DOMINIO
Partido: ____________ Matrícula: _________ U.F/U.C.: _________
NOMENCLATURA CATASTRAL Cir.: _____ Sec.: _____ Chac: _____Quinta: _____ Fracción: _____ Mza_____Parc.: _____Subpar.: _____
DESIGNACIÓN SEGÚN
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE
ESPACIO RESERVADO PARA EL USO DEL RPBA
Gobierno de la provincia de Buenos Aires
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Registro de la Propiedad Número y fecha de entrada: 772-NM
OFICIO JUDICIAL DE SOLICITUD DE COPIA DE DOMINIO INMUEBLE NO MATRICULADO - LEY 2378 (COPIA DE ASIENTOS REGISTRALES)
Tipo de trámite:
Número de Timbrado:
Tasa especial por servicios registrales Ley 10.295 y sus modif.:
AL SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL
DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S________ / _________ D:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en carácter de secretario o quien haga sus veces a cargo del _____________, del Departamento Judicial de ___________ en los autos caratulados "___________" Nro. de Expte. ______________, a fin de solicitarle tenga a bien acompañar copia de dominio inmueble no matriculado - Ley 2378 que se detalla a continuación:
INSCRIPCIÓN DE DOMINIO
Partido: ____________ Folio: _________ Año: _________ Serie: _________ Legajo: _________ U.F/U.C.: _________
NOMENCLATURA CATASTRAL Cir.: _____ Sec.: _____ Chac: _____Quinta: _____ Fracción: _____ Mza_____Parc.: _____Subpar.: _____
DESIGNACIÓN SEGÚN
Auto judicial que ordena el presente en su parte pertinente:
Saludo a Ud. con atenta consideración
OBSERVACIONES DEL SOLICITANTE
ESPACIO RESERVADO PARA EL USO DEL RPBA