Fundamentos de la

 Ley 11963

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se remite a consideración de Vuestra Honorabilidad, el adjunto proyecto de ley de autorización de endeudamiento, el cual faculta al Poder Ejecutivo provincial a suscribir sendos  convenios con el Estado nacional que le permitan subrogarse en los derechos y obligaciones acordados entre éste último con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF); y con el Export Import Bank of Japan (JEXIM), en el Convenio de Préstamo del Proyecto de Protección contra las Inundaciones

Oportunamente, la subunidad central de coordinación para la emergencia, organismo dependiente de la Subsecretaría de Asistencia a las Provincias del Ministerio del Interior comunicó a las provincias potencialmente beneficiarias del préstamo que la sanción de una ley como la propuesta constituye una condición necesaria para participar en el Proyecto de Protección contra las Inundaciones (PPI), financiado por los arriba citados organismos multilaterales de crédito.

En  el marco del Proyecto de Protección contra las Inundaciones se ejecutarán obras de infraestructura, específicamente de saneamiento y de defensa, y se construirán viviendas y refugios en la región del Delta Bonaerense. El objetivo de tales obras es el de proteger bienes y personas, mejorar la calidad de vida de la población en el medio ambiente urbano y rural, proteger áreas de importancia para la biodiversidad y promover el desarrollo integral de la región sobre una base de sustentabilidad.

El programa a que hace referencia el citado proyecto de ley reconoce como su antecedente inmediato al Programa de Rehabilitación para la Emergencia de las Inundaciones (PREI), que fuera financiado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), creado como consecuencia de los efectos producidos por la gran inundación de 1992, que afectó vastas regiones de nuestra Provincia y particularmente la jurisdicción de los municipios que integran el corredor fluvial sobre el Río Paraná. Dicho programa se implementó para restaurar la normal actividad económica y social de la referida región y rehabilitar la infraestructura dañada por esa inundación.

El Proyecto de Protección contra las Inundaciones (PPI) comienza a gestarse en 1995, en forma paralela a la implementación del Programa de Rehabilitación para la Emergencia de las Inundaciones y como complemento natural y lógico de las acciones desarrolladas en el marco del mismo, que se encuentra ya ejecutado en un cien (100) por ciento.

El Proyecto de Protección contra las Inundaciones (PPI) está conformado por dos (2) componentes básicos:

 

-          Medidas estructurales, que son las obras de protección contra inundaciones.

 

-          Medidas no estructurales, que agrupan viviendas, refugios, un sistema de alerta hidrológico, programas ambientales y asistencia técnica.

 

El proyecto de Protección contra las Inundaciones ( PPI) cuenta con financiamiento del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.), The Export-Import Bank of Japan (JEXIM) y el aportado como contrapartida por las provincias intervinientes, de acuerdo a los siguientes porcentajes:

 

B.I.R.F                                    47 , 62 %

JEXIM                                    28,57%

PROVINCIA              23,81%

 

En este marco, el monto máximo a percibir por la Provincia será de Dólares Estadounidenses Cincuenta Millones (U$S  50.000.000), pudiendo ser aumentado en

hasta un treinta (30) por ciento.

Se acompañan, a los fines de su tratamiento legislativo, los siguientes elementos instrumentales:

 

-          Convenio de Préstamo número  4117-AR entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)

 

-          Convenio de Préstamo entre la Nación Argentina y el Export-Import Bank of Japan (JEXIM)

 

-          Manual Operativo del Proyecto de Protección contra Inundaciones (PPI).

 

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.