DEROGADA POR LEY 12009

 

LEY 11564


EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE


LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase de interés Público y sujeto a expropiación el inmueble sito en la ciudad y Partido de Avellaneda, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 11, Parcela 45, inscripto su dominio al número 110.185, Folio N° 488 del año 1920, del Partido de Avellaneda, a nombre de la Sociedad Popular de Educación de Avellaneda y/o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.


ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela N° 46 del distrito de Avellaneda.


ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio vigente, las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.


ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.