DECRETO 608/2019

LA PLATA, 31 de Mayo de 2019

VISTO el expediente Nº 5100-3421/15 de Fiscalía de Estado, por el cual tramita el reclamo efectuado por el agente Omar Enrique SPINELLI, y

CONSIDERANDO

Que Omar Enrique SPINELLI solicita el pago de la bonificación establecida en el artículo 4º del Decreto Nº 3319/09, a partir de su entrada en vigencia y hasta la notificación del Decreto Nº 1361/13, más la actualización monetaria e intereses hasta la fecha del efectivo pago;

Que funda su pedido en la circunstancia de encontrarse en igual situación laboral que los agentes incluidos oportunamente en el anexo B del citado Decreto Nº 3319/09;

Que por Decreto Nº 1361/13 se amplió la nómina de agentes que conforman el anexo B del Decreto Nº 3319/09 y se incluyó, entre otros, al agente Omar Enrique SPINELLI, quien a partir de entonces comenzó a percibir la bonificación del artículo 4º inciso b);

Que en atención al principio de formalismo moderado, corresponde tratar la presentación como recurso de revocatoria contra el Decreto Nº 3319/09 (artículo 88 del Decreto Ley 7647/70);

Que el mismo deviene extemporáneo, toda vez que el interesado se notificó del Decreto N° 3319/09 el 1° de julio de 2009, y dedujo la impugnación el 30 de abril de 2015;

Que por otro lado, como denuncia de ilegitimidad tampoco prospera la petición, toda vez que no obran constancias de que el agente SPINELLI se haya desempeñado con anterioridad, en la condición que invoca;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público dependiente del Ministerio de Economía, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 89 del Decreto Ley 7647/70;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Rechazar por extemporáneo el recurso de revocatoria deducido por el agente Omar Enrique SPINELLI (DNI 14.285.171 – Clase 1960) contra el Decreto Nº 3319/09, por los motivos expuestos en la parte considerativa, y desestimar el mismo como denuncia de ilegitimidad (artículo 74, Decreto Ley 7647/70).

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora.