LEY 8102
Incluyendo a partir de 1973, en su calendario único, la Semana de América Latina.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- El Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires incluirá, a partir de 1973, en su calendario escolar único, o en cualquier otra reglamentación vigente o a proyectarse de idéntico sentido, la Semana de la América Latina. La misma se conmemorará durante los días hábiles comprendidos desde el 8 al 11 de Octubre de cada año, en los establecimientos de enseñanza primaria y secundaria, dependiente del Ministerio de Educación.
ARTICULO 2.- El Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires reglamentará la modalidad y el contenido de las conmemoraciones correspondientes de acuerdo a las características propias de los distintos niveles de enseñanza, haciendo especial hincapié en el concepto de unidad latinoamericana y en aquellos aspectos históricos y espirituales que hacen al tema.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.