FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9755

 

Por medio de la presente Ley, se introducen modificaciones en las remuneraciones de los agentes que prestan servicios en la Administración General de la Provincia.

En la confección de la presente norma legal, como aconteciera en oportunidades anteriores, se sigue los lineamientos que adoptara el Gobierno Nacional en el ámbito de su competencia, evidenciándose el interés del Superior Gobierno de la Provincia de mejorar el poder adquisitivo de las remuneraciones en forma compatible con la situación económica-financiera de la Provincia.

Es de hacer notar que el personal Transitorio y Contratado se ve alcanzado por el reajuste establecido en igual magnitud y a partir de la misma fecha que la del personal de Planta Permanente.

Además se ha contemplado la adecuación que en materia de remuneraciones produce la vigencia del Decreto número 1002/81, mediante el cual se modifica la Estructura Orgánica-Funcional de la Dirección de L.S. 11 Radio Provincia de Buenos Aires.

Al propio tiempo se ha previsto la modificación de los niveles de remuneración en la escala del Poder Judicial para los cargos de Jefe y Subjefe de Auditoría y Presupuesto y Jefe y Subjefe de Contaduría a partir del mes de Octubre del corriente año.

También se contempla la autorización al Banco de la Provincia de Buenos Aires para acordar operaciones de crédito a que se refiere el artículo 29 de la Ley 9731 sin sujeción a las prescripciones que en la materia contiene la Ley Orgánica de dicha Institución. En virtud de ello podrá también otorgar adelantos de corto plazo a cuenta de la operación definitiva que se formalice.  

Por último se establece la autorización a las Direcciones de Administración u Organismos que hagan sus veces a efectivizar las remuneraciones y adicionales establecidas.