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Fundamentos
de HONORABLE LEGISLATURA: Se
somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley,
por el que se persigue utilizar el saldo emergente de la economía producida
en la obra correspondiente A La suma resultante de lo que se indica en el párrafo anterior, es de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 99.419,80), según lo sancionado por el municipio mediante ordenanza 1224 del 31 de octubre de 1997. Dicho monto será utilizado para realizar en el marco de la segunda etapa del Plan de Reconstrucción para el Interior Bonaerense, y en lo referido a obras distritales, la obra: "Terminación de la red de desagües cloacales en la localidad de Hilario Ascasubi". Ello permitirá continuar con la etapa del plan mencionado, la que se está llevando a cabo y a punto de concluirse, en cumplimiento de lo determinado por Ley 11.596 y sus modificatorias. Los
recursos financieros provenientes del empréstito autorizado por Ley 11.376,
asignados por En
esa inteligencia, y en función del firme propósito del estado provincial de
consolidar las políticas de desarrollo y crecimiento armónico de pueblos y
ciudades bonaerenses, otorgando una mejor calidad de vida para sus
comunidades, los municipios del interior, han elaborado en forma consensuada
con Por tal motivo, se acompaña el respectivo proyecto de ley para su sanción. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad. |