DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DECRETO 1.733 VISTO: El Expediente Nº
21100-275.482/05 a través del cual el Ministerio de Seguridad tramita la
aprobación en el ámbito de CONSIDERANDO: Que mediante los
Decretos nº 712/04 y 1.477/04, se aprueba en el Ministerio de Seguridad, la
estructura organizativa de Que mediante Decreto nº
747/05, se aprobó el Sistema de Atención Telefónica de Emergencias del
Ministerio de Seguridad donde se determina que el mencionado Ministerio
conformará y propondrá el diseño organizacional correspondiente a Que en esta oportunidad
deviene necesario la aprobación de la estructura organizativa desagregada de Que ha tomado
intervención Que el presente acto
administrativo se dicta de conformidad a lo establecido en el artículo 144 -
proemio- de Por ello, EL GOBERNADOR DE DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad, que fuera aprobada mediante el Decreto nº 712/04 y demás actos modificatorios, complementarios y ampliatorios, en lo pertinente y de acuerdo a lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 2º.- Incorpórase y apruébase, en el ámbito de Artículo 3º.- Determínanse para estructura organizativa aprobada en el
artículo precedente, los siguientes cargos: UN (1) Director General de Artículo 4º.- Apruébanse en el ámbito de Dirección General de Artículo 5º.- Déjase establecido que el Ministerio de Salud deberá arbitrar los mecanismos necesarios para el debido cumplimiento de lo acordado y establecido en el Decreto Nº 747/05 de creación del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias del Ministerio de Seguridad. Artículo 6º.- Artículo 7º.- El Ministerio de Seguridad propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo, las que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente. Artículo 8º.- Déjase establecido que en un plazo de noventa (90) días a partir de la vigencia del presente, el Ministerio de Seguridad deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal, acorde a la estructura organizativa aprobada precedentemente, previa intervención de los Organismos y Dependencias competentes. Artículo 9º.- Derógase toda norma que se oponga al presente Decreto. Artículo 10.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Economía. Artículo 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese. SOLA
|
ANEXO 2
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARIA
DE INFORMACION PARA
DIRECCION
GENERAL DE
DE
METAS
1. Organizar
2. Administrar
3. Coordinar acciones con los Centros de Despacho involucrados.
4. Administrar la estructura técnica y operativa de la atención de los eventos
complejos direccionados hacia
5. Elaborar y proponer las normas pertinentes para el mantenimiento de la
tecnología informática y de telecomunicaciones del sistema de atención
telefónica de emergencias.
6. Coordinar la interrelación necesaria con los otros sistemas de atención
telefónica de emergencias no policiales.
7. Proponer a las autoridades superiores la organización de
8. Desarrollar el plan de acciones relacionados con la administración de
9. Elaborar y proponer el plan de gestión y los mecanismos de control de los
Centros de Despacho.
10. Confeccionar el reglamento de avenencia dentro de
11. Participar del diseño de los protocolos de comunicación.
12. Proponer convenios con las entidades públicas o privadas que faciliten el
cumplimiento de las funciones del sistema de atención de emergencias.
13. Proponer el presupuesto de gastos de
DIRECCION GENERAL DE
DE
DIRECCION
DE ATENCION DE EMERGENCIAS
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones
relacionadas con la organización y administración de
2. Ejecutar los planes que sean establecidos para
3. Desarrollar los mecanismos necesarios a fin de asegurar la respuesta que se
requiera sobre emergencias no policiales.
4. Establecer planes para el mantenimiento conveniente de la tecnología
informática y de telecomunicaciones del sistema de atención de acuerdo a las políticas
exigidas.
5. Desarrollar las acciones necesarias a fin de adecuar la operabilidad
estándar tecnológica de
6. Ejecutar el presupuesto del Central de Atención Telefónica de Emergencias
7. Coordinar acciones con los otros subsistemas de atención de emergencia no
policiales.
8. Ejecutar y controlar el cumplimiento del plan para la determinación de
reglas de convivencia dentro del Central de Atención Telefónica de Emergencias,
Mesa de Crisis y Centros de Despacho.
SUBSECRETARIA DE INFORMACION PARA
DIRECCION
GENERAL DE CALIDAD DE LAS COMUNICACIONES
METAS
1. Diseñar los sistemas
de calidad de las comunicaciones de
2. Determinar los indicadores y pautas de calidad técnica de
3. Elaborar los planes para su puesta en práctica diseñando los sistemas de
control apropiados por medio de la recolección y análisis sistemático de
información.
4. Establecer planes que aseguren el cumplimiento de los protocolos de
comunicaciones de los Centros de Despacho.
5. Asegurar el estricto cumplimiento de los derechos y obligaciones acordados a
los recursos humanos afectados a
6. Promover la difusión las prestaciones del Sistema de Atención Telefónica de
Emergencias, coordinando acciones con
7. Establecer y ejecutar los planes de recolección y posterior análisis de la
información del sistema, coordinando acciones con
8. Elaborar la programación de los turnos de los recursos humanos involucrados,
incluyendo todo lo atinente a los registros de presentismo,
ausentismo, horarios, y toda otra cuestión de similar característica respecto
de la asistencia diaria a
9. Participar en la convocatoria y formación continua de los operadores de
10. Evaluar sistemáticamente el desempeño y potencial laboral de los
operadores, supervisores, miembros de la mesa de crisis y demás integrantes del
Sistema de Atención Telefónica de Emergencias, coordinando pautas con las áreas
competentes.
11. Proponer convenios en el marco de sus competencias.
DIRECCION
GENERAL DE CALIDAD DE LAS COMUNICACIONES
DIRECCION DE PROTOCOLOS DE LAS
COMUNICACIONES
ACCIONES
1. Coordinar y ejecutar
los planes necesarios para la confección de protocolos de comunicación
adecuados a las emergencias previstas.
2. Proponer al Director General de Calidad de las Comunicaciones las
modificaciones a los protocolos de las comunicaciones de
3. Desarrollar las acciones pertinentes a fin de lograr la formación continua
de los Operadores, Supervisores y demás integrantes de
4. Evaluar el desempeño y potencial laboral de los operadores, supervisores,
miembros de la mesa de crisis y demás integrantes de
5. Asegurar el cumplimiento de los protocolos de las comunicaciones por parte
de los operadores y supervisores de
6. Programar las actividades vincularas con
7. Proponer al Director General de las Comunicaciones los planes necesarios
para el correcto funcionamiento de
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD DE LAS COMUNICACIONES
DIRECCION
DE ANALISIS DE LAS COMUNICACIONES
ACCIONES
1. Coordinar y ejecutar
los planes para la recolección de datos e información y para el funcionamiento
de los distintos componentes y niveles del Sistema.
2. Coordinar y ejecutar los planes sobre el funcionamiento de los distintos
componentes y niveles del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias.
3. Identificar la información que se requiera para el adecuado cumplimiento de
los planes y programas del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias.
4. Establecer los mecanismos técnicos de almacenamiento de la información que
garantice su rápida obtención y utilización en diversos reportes.
5. Generar informes sobre el funcionamiento del Sistema de Atención Telefónica
de Emergencias de todos sus componentes y en todos sus niveles y según los
diversos incidentes.
6. Estudiar, evaluar, analizar y proponer las altas y bajas del personal que
correspondan para el correcto funcionamiento de
7. Organizar los archivos y el centro de documentación del Sistema de Atención
Telefónica de Emergencias.
SUBSECRETARIA DE INFORMACION PARA
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO Y DESPACHO
TAREAS
1. Programar, supervisar
e instrumentar las actividades para el despacho de las actuaciones
administrativas y prestar asistencia y asesoramiento a las distintas
dependencias.
2. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas
para la confección y trámite de todas las actuaciones.
3. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa de
4. Atender el movimiento de expedientes que ingresan y egresan a
5. Recibir, analizar y distribuir notas y documentación correspondiente.
6. Confeccionar las notas, providencias y comunicaciones del despacho diario.
ANEXO 3
MESA DE CRISIS
FUNCIONES
1. Intervenir en todo
momento en la atención especializada de emergencias graves de conformidad a los
protocolos de comunicación.
2. Proponer al Director General de
3. Atender los incidentes graves de conformidad a los protocolos de
comunicación.
4. Programar y ejecutar las tareas propias de mantenimiento.
5. Asistir a los supervisores, operadores y jefes de Sala de Atención
Telefónica respecto de las necesidades que requieran al realizar sus funciones.
6. Programar el funcionamiento de su mesa de atención sustituyendo
excepcionalmente a los operadores.
7. Intervenir en su caso en la coordinación de la atención de las emergencias.
ANEXO 4
FUNCIONES DE LOS JEFES, SUPERVISORES Y OPERADORES
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARIA
DE INFORMACION PARA
DIRECCION
GENERAL DE
DE
DIRECCION
DE ATENCION DE EMERGENCIAS
JEFE
DE SALA
RESPONSABILIDADES
1. Asegurar el desempeño
operativo de
2. Implementar las instrucciones relacionadas con la disposición de las mesas
de atención como también así efectuar las modificaciones que se ordenen.
3. Controlar la asistencia del personal y efectuar informes al respecto y
conforme a la periodicidad solicitada por
4. Solicitar refuerzos de personal en caso de necesidad.
5. Asegurar la debida e inmediata asistencia médica de los operadores y
supervisores en caso de ser necesario.
6. Atender y procurar resolver dando en su caso inmediata intervención a las
áreas competentes los problemas técnicos que deriven los supervisores.
7. Controlar, mantener y asegurar el correcto funcionamiento de
8. Controlar en
9. Controlar en
10. Requerir la inmediata intervención de las áreas competentes para solucionar
las contingencias en materia informática, telefónica, técnica, logística y de
recursos humanos.
11. Hacer cumplir las reglas de convivencia dentro de
12. Desarrollar las tácticas y programaciones para el cumplimiento de las
funciones establecidas en los puntos precedentes.
13. Coordinar y ejecutar las asignaciones de los operadores y supervisores de
los puestos de atención.
14. Controlar el cumplimiento de los turnos de descanso como también así su
modalidad operativa, y producir modificaciones en caso de ser necesario.
15. Controlar que el operador y el supervisor respeten los protocolos de
comunicación y someter a consideración del Director del Centro de Atención de
Emergencias los casos no contemplados que pudieran surgir.
16. Tomar a cargo y resolver casos que desborden la capacidad operativa del
operador, del supervisor y de la mesa de crisis.
17. Mantener comunicación con la radio estacioón y
los centros de despacho en caso que sea necesario.
18. Mantener comunicación con personal de áreas no policiales en caso de ser
necesario.
19. Requerir a las entidades que pueden llegar a intervenir en la incidencia la
información que están obligadas a prestar.
20. Proponer al Director del Centro de Atención de Emergencias la estructura de
medios necesaria para la realización del servicio.
21. Proponer al Director General de
22. Observar toda circunstancia que pueda alterar el normal funcionamiento de
JEFE DE SALA
SUPERVISOR
DE SALA
RESPONSABILIDADES
1. Mantener operativo el
despliegue de todos los operadores a su cargo en
2. Informar toda circunstancia vinculada con la atención de llamadas de
emergencia que por su trascendencia requiera la consideración de las máximas
autoridades.
3. Controlar el funcionamiento operativo de los operadores a su cargo.
4. Controlar el respeto de los protocolos de comunicaciones del operador.
5. Realizar reportes de novedades y comunicarlos al Director General de Calidad
de las Comunicaciones.
6. Atender los comentarios y observaciones realizadas por los operadores
referentes a las novedades del servicio y brindar las sugerencias y consejos
útiles y necesarios a dichos fines.
7. Implementar con los operadores a su cargo las pautas de actuación que le
indique el Director General de Calidad de las Comunicaciones.
JEFE DE SALA
SUPERVISOR
DE SALA
OPERADOR
TELEFONICO
RESPONSABILIDADES
1. Asegurar la correcta
recepción, interpretación y derivación de las llamadas de emergencias
ingresadas a
2. Atender las llamadas de emergencias con pleno respeto de los protocolos de
comunicaciones.
3. Comunicar a los Centros de Despacho los datos de la emergencia.
4. Derivar al supervisor y/o mesa de crisis según corresponda las llamadas de
emergencias que por sus características requieran tratamiento especializado.