DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 1199/16
VISTO el expediente Nº 4078-148006/14, cuerpos 1,2
y 3 mediante el cual
CONSIDERANDO:
Que por la propuesta elevada se gestiona la
convalidación provincial de
Que a fojas 522/523 interviene la ex Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del entonces Ministerio de Infraestructura;
Que a fojas 526,
Que a fojas 534 y vta., interviene
Que a fojas 539,
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto –Ley Nº 8.912/77 (T.O. 1987 y modificatorios);
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Convalidar
ARTÍCULO 2°. Establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto Ley Nº 8.912/77 (T.O por Decreto Nº 3.389/87 y modificatorios) en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso.
ARTÍCULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación y Gestión Pública.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
NOTA: El Anexo Único podrá ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Ministro de Gobierno Gobernadora
Roberto Gigante
Ministro de Coordinación
y Gestión Pública