Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1543

La Plata, 10 de mayo de 2010.

VISTO que mediante expediente 21100-703.502/09, el Jefe de la División Especial de Seguridad Halcón, gestiona la creación de la Sección Halcón Norte con asiento en la Localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López, y

CONSIDERANDO:
Que dicha iniciativa es acompañada con el ofrecimiento por parte del Ejército Argentino de un inmueble emplazado dentro del “Campo de Deportes del Instituto Social Militar Doctor Dámaso Centeno” sito en la calle Zufriategui y Constituyentes de la Localidad de Villa Martelli, a los fines que oficie de sede de la unidad policial propuesta;
Que a esos fines, el Estado Mayor General del Ejército y este Ministerio han suscripto un Convenio de Cooperación, de fecha 17 de diciembre de 2009;
Que a través del expediente administrativo 21.100-703.502/09 alcance 1 con su agregado 21.100-807.152/10 se tramita la aprobación de dicho Convenio y su documentación adjunta (acta, inventario y planos);
Que la puesta en funcionamiento de la citada Sección resultará estratégicamente efectiva por constituir un aporte sustancial en cualquier operación a realizarse en el área del Conurbano Norte, aportando recursos humanos y logísticos para la resolución de conflictos;
Que la propuesta cuenta con el aval de la Superintendencia de Coordinación Operativa y la Subsecretaría de Seguridad;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.757 y la Ley N° 13.482;
Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Crear, en el ámbito de la Subsecretaría de Seguridad, Superintendencia de Coordinación Operativa, la Sección Halcón Norte, a depender orgánica y funcionalmente de la División Especial de Seguridad Halcón.
ARTÍCULO 2° Fijar la base operativa del elemento creado en el artículo 1°, en el inmueble emplazado dentro del Campo de Deportes del Instituto Social Militar Doctor Dámaso Centeno” ubicado en la calle Zufriategui y Constituyentes de la Localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Dr. Carlos Ernesto Stornelli
Ministro de Seguridad
C.C. 6382