Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 220/16
VISTO
Quinto Tramo de Letras del Tesoro para el Ejercicio, las Leyes Nº 13767, Nº
14807 y Nº 10189, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, las Resoluciones Nº 17/16
y su modificatoria N° 64/16 de
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de
Que el artículo 38 de
Que el artículo 56 de
Que por Resolución Nº 17/16, y su modificatoria N° 64/16, ambas de Tesorería General
de
Que por Resoluciones Nº 961/15, N° 50/16, N° 91/16 y N° 156/16 de
Que por Resoluciones Nº 53/16 y 65/16 ambas de
Que el artículo 38 de
Que por Resolución Nº 12/16 de
Que por Resolución Nº 15/16 de
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro millones ochocientos siete mil (VN $4.454.807.000);
Que el artículo 57 de
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por el artículo 12 de
Que por ello mediante
Que en particular el artículo 1º de
Que asimismo el artículo 2º de la resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a noventa y ocho (98) días con vencimiento el 14 de julio de 2016, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);
Que el artículo 3º de la referida resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento sesenta y un (161) días con vencimiento el 15 de septiembre de 2016, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que el artículo 4º de
Que conforme al artículo 6º de la resolución antes mencionada,
Que conforme al artículo 7º de la resolución referida,
Que
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro
serán depositados en el sistema de depósito colectivo
administrado por
Ley Nº 20643;
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite
establecido en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes
Nº 13767 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 06 de abril de 2016.
e) Fecha de emisión: 07 de abril de 2016.
f) Fecha de liquidación: 07 de abril de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos novecientos ochenta y cuatro millones seiscientos cincuenta y ocho mil (VN $984.658.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: sesenta y tres (63) días.
l) Vencimiento: 09 de junio de 2016.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
n) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-
Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación
Federal de Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o entidad compensadora que se designe a tal efecto.
s) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado
de Valores de Buenos Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación,
y/o en uno o varios Mercados autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo
normado por
t) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser
depositado en
u) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro.
La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de cálculo: será
x) Agente Financiero: Banco de
y) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 06 de abril de 2016.
e) Fecha de emisión: 07 de abril de 2016.
f) Fecha de liquidación: 07 de abril de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos cuatro millones cuatrocientos treinta y ocho mil (VN $4.438.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: noventa y ocho (98) días.
l) Vencimiento: 14 de julio de 2016.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
n) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-
Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o la entidad compensadora que se designe a tal efecto.
s) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado
de Valores de Buenos Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación,
y/o en uno o varios Mercados autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo
normado por
Nacional de Valores.
t) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser
depositado en
u) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro.
La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de cálculo: será
x) Agente Financiero: Banco de
y) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 06 de abril de 2016.
e) Fecha de emisión: 07 de abril de 2016.
f) Fecha de liquidación: 07 de abril de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos treinta y ocho millones seiscientos cincuenta y siete mil (VN $ 38.657.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
l) Interés:
1) Tasa aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la
tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($1.000.000)
de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados – o
aquella que en el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas
promedio publicadas diariamente por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 15 de junio de 2016; y el segundo, el 15 de septiembre de 2016. Si la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre la base de años de 365 días.
m) Plazo: ciento sesenta y un (161) días.
n) Vencimiento: 15 de septiembre de 2016.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal
de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del
Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
s) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o entidad compensadora que se designe a tal efecto.
t) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores de Buenos Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios
Mercados autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
u) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser
depositado en
v) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro.
La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de cálculo: será
y) Agente Financiero: Banco de
z) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la
emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro,
serán imputados con cargo al Presupuesto General de
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar a
Horacio Stavale
Tesorero General
C.C 3997