Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución Nº 284/15
VISTO
CONSIDERANDO:
Que el Marco Regulatorio
Eléctrico, conformado por
Que la variación de los costos operativos y de los costos de los bienes de capital comporta la necesidad de actualización periódica de los Modelos Económicos Financieros y su traslado a los cuadros tarifarios;
Que la dinámica en el crecimiento de la demanda, el retraso en las inversiones en redes y la necesidad de expansión del sistema eléctrico de distribución hace necesario un mecanismo que garantice la generación y aprovechamiento de los recursos a los efectos de su implementación en tiempo y forma que permitan inversiones en correspondencia con las condiciones de calidad y suministro establecidos en los contratos de concesión y mejoren los índices actuales;
Que en tal sentido resultó pertinente establecer un monto fijo en la facturación con destino a la ejecución de obras de infraestructura en distribución y el mantenimiento correctivo de las instalaciones de las Concesionarias, con el fin de alentar la realización de inversiones en dicho sistema en beneficio de los usuarios destinatarios de la planificación y desarrollo del sector energético provincial y para asegurar las metas de expansión y mejora del servicio;
Que en virtud de lo expuesto
Que en esta inteligencia,
Que continuando con este esquema es dable señalar que el
artículo 12 de
Que por su parte, el artículo 13 de
Que en tal sentido, por Expediente Nº 2429-5068/2014
alcance Nº 9, tramitan las presentaciones de las entidades Cooperativas que
solicitan asistencia económica para hacer frente a diversas situaciones
críticas, el requerimiento formal de asistencia formulado por OCEBA a
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 62 inciso k) de
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el pago por asistencia económica a
las entidades que se detallan en el Anexo de la presente, de conformidad a lo dispuesto
por los artículos 12 y 13 de
ARTÍCULO 2º. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y
al SINBA. Girar a
Jorge Alberto Arce, Presidente; María de
ANEXO
FONDO SITUACIONES CRÍTICAS
MES
FONDO SITUACIONES
sep-15 CRÍTICAS ($)
N107 Cooperativa Eléctrica de Urdampilleta Ltda. $ 150.000
N044 Cooperativa Eléctrica limitada de González
Moreno $ 110.000
N030 Cooperativa Eléctrica de El Dorado Ltda. $ 150.000
N090 Cooperativa Eléctrica de Roosevelt Ltda. $ 110.000
S014 Cooperativa de P. de S. Eléctrico de
Espartillar Ltda. $ 150.000
S020 Cooperativa Eléctrica Ltda. de Indio Rico $ 150.000
N027 Cooperativa de P. de S. Eléctrico de Daireaux
Ltda. $ 150.000
N081 Cooperativa Eléctrica de Pirovano Ltda $ 150.000
N026 Cooperativa de P. de Electricidad de Charlone
Ltda $ 150.000
N009 Cooperativa Eléctrica de Banderaló Ltda. $ 150.000
S028 Coop. de Provisión de Agua y otros S.P. de
Oriente Ltda. $ 150.000
N056 Usina E.
Popular
N119 Cooperativa Eléctrica de Fortín Olavarría Ltda. $ 150.000
N070 Cooperativa de P. de S. Eléctricos de Morse Ltda. $ 150.000
TOTAL 2.020.000,00
C.C. 12.419