Fundamentos de la Ley 12390

 

 

            Por el presente proyecto de ley se promueve la expropiación del inmueble nomenclado catastralmente como circunscripción III, sección A, chacra 7, manzana 7 a-k, parcela 8, ubicado en la localidad de Ringuelet, partido de La Plata.

            El inmueble mencionado es lindero de las parcelas 5, 6 y 7 donadas a la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires –y aceptadas por el organismo constitucional mediante Resolución 19.821 de fecha 13/09/94- para la creación y construcción de un jardín de infantes, según expediente registrado bajo el número 5.808-350.804/94.

            La mide y linda: frente al sudeste, sobre calle 516, mide 10 metros 50 centímetros, lado al nordeste, linda lote 7,20 metros contra frente al noroeste, linda puente lote 11, mide 10 metros 50 centímetros, lado al sudoeste, linda con lote 9, mide 20 metros, con superficie de 210 metros cuadrados.

            Las tres parcelas donadas a la Dirección General de Cultura y Educación (5, 6 y 7) no satisfacen las medidas requeridas por el organismo encargado de la ejecución de la obra para el prototipo del proyecto, circunstancia ésta que verían frustrada la materialización del jardín de infantes anhelado por la comunidad, gestiones que llevan más de diez años de intensas tramitaciones.

            En consecuencia, la única posibilidad histórica para la concreción de la obra es anexar la parcela 8, mediante un urgente trámite de expropiación y, con ello, se ajustaría a las exigencias que impone el organismo pertinente para la ejecución de este tipo de proyectos. Los anhelos de toda una comunidad de contar con un servicio de educación inicial para sus hijos en la zona que habitan y el incansable trabajo que, a través de una década, ha realizado el docente Jorge H. Concistre, dedicado por vocación a la promoción social y a la creación de establecimientos de enseñanza, nos llevan a solicitar a la Honorable Cámara el voto afirmativo a la presente iniciativa.