Decreto 669/2020

La Plata, 2 de agosto de 2020

VISTO el expediente EX-2020-12567045-GDEBA-DPSYCTIPS del Instituto de Previsión Social, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Marcelo Javier BABOLIN al cargo de Coordinador, y la designación en su reemplazo de la Licenciada Yamila ISNARDI, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 8587/76 fue creado el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, y por Decreto N° 1211/93 y modificatorios fue aprobada su estructura orgánico funcional;

Que por Decreto N° 1841/12 se crea el cargo de Coordinador, responsable de las acciones citadas en el artículo 2° del citado Decreto, y se designa en el mismo a Marcelo Javier BABOLIN;

Que el agente citado presentó la renuncia, a partir del 30 de septiembre de 2018, al cargo referenciado;

Que, en consecuencia, corresponde limitar la reserva de su cargo de revista;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informa que el funcionario saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que, en consecuencia, se propicia designar en su reemplazo, en el cargo de Coordinadora, con remuneración equivalente al cargo de Directora, a partir del 1° de abril de 2020, a la Licenciada Yamila ISNARDI, quien reúne los recaudos de idoneidad necesarios para cumplir las funciones establecidas en el artículo 2° del Decreto N° 1841/12;

Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020; Que en virtud del trámite propiciado, Yamila ISNARDI reserva el cargo que posee en el régimen de la Ley Nº 10.430 en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 11, Clase 2, Grado VII, Código 3-0003-VII, Administrativa Auxiliar “C”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, en el Instituto de Previsión Social, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96;

Que las gestiones que se promueven se efectúan de conformidad con los artículos 14 inciso b), 23, 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.3.21– Ministerio de Trabajo - Instituto de Previsión Social, a partir del 30 de septiembre de 2018, la renuncia presentada por Marcelo Javier BABOLIN (DNI N° 21.574.195 – Clase 1970), al cargo de Coordinador, quien había sido designado por Decreto N° 1841/12, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso b) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.3.21 - Ministerio de Trabajo - Instituto de Previsión Social, a partir del 30 de septiembre de 2018, la reserva de cargo de revista del agente citado en el artículo anterior, que fuera dispuesta por Decreto N° 1841/12.

ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.3.21 – Ministerio de Trabajo – Instituto de Previsión Social, a partir del 1° de abril de 2020, a la Licenciada Yamila ISNARDI (DNI N° 26.102.421 – Clase 1977), en el cargo de Coordinadora, con remuneración equivalente al cargo de Directora, con dependencia del Presidente del organismo, quien reserva un cargo en la Planta Permanente, Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 11, Administrativa Auxiliar ́C ́, Código 3-0003-VII-2, con un régimen horario de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo previsto en los artículos 23, 107,108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de lo actuado, será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2020 - Ley N° 15.165 , Prorrogado año 2019 - Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Instituciones de Previsión Social – Jurisdicción 21 – Ministerio de Trabajo – Entidad 300 – UE 313 - Categoría de Programa 1 – Actividad 1 – Finalidad 3 – Función 30 – UG 999 - Fuente de Financiamiento 12 - INC 1 – PRINC 1 – Régimen estatutario 01 – Agrupamiento Ocupacional 15 (Autoridades Superiores) Ley 10.430 - 1 (un) cargo.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por las/los Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Mara Ruiz Malec, Ministra; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador