DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA Nº 1925-DGCYE-2020

LA PLATA, 6 de Octubre de 2020.

VISTO el Expediente EX-2020-20984446-GDEBA-SDCADDGCYE, Ley N° 26091 de Protección Integral de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes, Ley N° 13298, Ley Provincial de Educación N° 13688, el Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires aprobado por el Decreto N° 2299/11 y la Resolución RESOC2020-1819-GDEBA-DGCYE y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 1819/20 esta Dirección General de Cultura y Educación aprobó el Programa “ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS Y LA REVINCULACION” (ATR), conforme los objetivos, acciones y el procedimiento de práctica docente y reconocimiento de trayectoria de la práctica que como Anexo Único, incorporado como Informe Gráfico N° IF-2020- 20993613-GDEBA-SSEDGCYE, integra dicha medida.

Que, asimismo, se establecieron como objetivos del referido Programa establecer el vínculo pedagógico sostenido entre las y los estudiantes que han discontinuado su contacto con los establecimientos educativos o que la comunicación que mantienen es intermitente y de muy baja intensidad a través de la incorporación de acompañantes de trayectorias educativas, a través de la articulación de un dispositivo de visitas domiciliarias, acompañamiento y acciones de revinculación con la escolaridad obligatoria; favorecer la formación docente de las y los estudiantes de las carreras de profesorado del nivel superior, a partir del desarrollo de experiencias de prácticas de enseñanza contextualizadas; y fortalecer la formación en la enseñanza entendida como práctica social y con sentido político pedagógico, contribuyendo a la construcción del posicionamiento frente al derecho a la educación y la igualdad, en relación solidaria con las escuelas (conforme lo establecido en el artículo 2° de la mencionada Resolución).

Que, por su parte, en el artículo 3° se estableció que serán Acompañantes de Trayectorias Educativas, a los fines del Programa los docentes inscriptos en el “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria” (PIEDAS) conforme las Resoluciones Nº 760/2020, N° 761/2020 y N° 901/2020 y sus prórrogas y modificatorias, todas ellas de la Dirección General de Cultura y Educación y mientras esté vigente, por un lado, y las y los estudiantes de educación superior de los profesorados de educación primaria, de educación secundaria y tecnicaturas superiores, de establecimientos de gestión estatal y privada, de 3º y 4º año, y que preferentemente se encuentren cursando el espacio de la práctica docente o preprofesional correspondiente, por el otro.

Que, en lo que aquí interesa, en el Anexo se estableció que la inscripción de los y las estudiantes para desempeñarse en el Programa de Acompañamiento a las Trayectorias y la Revinculación será voluntaria y abierta a las y los estudiantes de 3º y 4º año, que preferentemente se encuentren cursando el espacio de la práctica docente o pre-profesional correspondiente, de las carreras descriptas en el Apéndice a) que integra dicho Anexo.

Que, en esta instancia, deviene procedente incorporar en el Apéndice a) del Anexo Único IF-2020-20993613-GDEBASSEDGCYE el Profesorado de Educación Especial, con todas sus especialidades y orientaciones. Que, por otro lado, a través del artículo 5° de la resolución ya referida, se determinó que la inscripción al Programa, se efectuará a través de la plataforma digital oficial de la Dirección General de Cultura y Educación (www.abc.gob.ar), en la cual deberán consignarse los datos allí requeridos, y que dicha inscripción podrá realizarse hasta el día 6 de octubre de 2020.

Que, en este contexto, y a la luz de lo expuesto precedentemente, resulta necesario, a su vez, modificar el artículo 5 de la Resolución N° 1819/20, extendiendo el plazo de inscripción al Programa.

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69, incisos e), k), q) e y) de la Ley N° 13.688, sus normas complementarias y modificatorias y por los Decretos Provinciales N° 132/2020, ratificado por la Ley N° 15.174, sus modificatorios y complementarios;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Incorporar al Apéndice a) del Anexo Único IF-2020- 20993613-GDEBA-SSEDGCYE de la Resolución N°1819/20 de la Dirección General de Cultura y Educación las siguientes carreras del Nivel Superior:

- Profesor de sordos e hipoacúsicos,

- Especialización superior en estimulación temprana,

- Profesor de educación especial,

- Profesor de educación especial con orientación en ciegos y disminuidos visuales,

- Profesor de educación especial con orientación en discapacidad intelectual,

- Profesor de educación especial con orientación en sordos e hipoacúsicos,

- Profesor de educación especial de ciegos y/o discapacitados visuales,

- Profesor de educación especial en discapacidad intelectual para la educación inicial y EGB,

- Profesor de educación especial para discapacitados intelectuales,

- Profesor de educación especial para discapacitados mentales,

- Profesor en discapacitados mentales y motores,

- Profesor en educación especial con orientación en discapacidad neuromotora,

- Profesor en educación especial en discapacidad auditiva,

- Profesor especializado en diferencias intelectuales,

- Profesor de educación especial en niños, niñas y adolescentes con problemáticas motoras y

- Profesorado de educación especial en sordos e hipoacúsicos.

ARTICULO 2°.- Extender el plazo de inscripción al Programa “ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS Y LA REVINCULACION” (ATR), aprobado a través de la Resolución N° 1819/20 de la Dirección General de Cultura y Educación, hasta el día 9 de octubre de 2020, inclusive.

ARTICULO 3°: Establecer que la presente resolución será referendada por las Subsecretarías de Administración y Recursos Humanos y de Educación.

ARTICULO 4º. Registrar la presente Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Notificar a la Subsecretaría de Educación y de Administración y Recursos Humanos. Comunicar a la totalidad de las reparticiones de la Dirección General de Cultura y Educación. Publicar, dar al Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar.

Paula Veronica Ferraris, Subsecretaria; Claudia Cristina Bracchi, Subsecretaria; María Agustina Vila, Directora