Provincia de Buenos Aires

TESORERÍA GENERAL

Resolución Nº 106/13

LA PLATA, 26 de junio de 2013.

VISTO la necesidad de establecer el diseño de administración operativa de los fondos del Sistema de Cuenta Única del Tesoro, previsto por la Ley Nº 13.767 de Administración Financiera y Sistema de Control de la Administración General del Estado Provincial, y

CONSIDERANDO:

Que la Tesorería General de la Provincia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley Nº 13.767 es el Órgano Rector del Subsistema de Tesorería;

Que el artículo 68 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08 establece que la Tesorería General dictará las normas reglamentarias pertinentes y coordinará el funcionamiento de todas las unidades de Tesorería que conforman el flujo de fondos de la Provincia de Buenos Aires;

Que el artículo 69 inciso 22 de la Ley Nº 13.767, determina como competencia de la Tesorería General coordinar el funcionamiento operativo y ejercer la supervisión técnica de todas las unidades de Tesorería que operen en el Sector Público Provincial, dictando las normas y procedimientos pertinentes;

Que conforme lo establecido en el artículo 74 de la Ley Nº 13.767, la señora Ministra de Economía ha dictado la Resolución N° 80/13, por la que se instituye el Sistema de Cuenta Única del Tesoro (SCUT);

Que el artículo 74 de la Ley Nº 13.767 dispone que la Tesorería General en su carácter de Órgano Rector del Subsistema, establecerá el diseño de administración operativa de los fondos unificados y la habilitación de las respectivas cuentas bancarias y de registro para su implementación;

Que, asimismo, el Anexo Único del Decreto Reglamentario Nº 3260/08, en su artículo 74 inciso 2.4 determina que la Tesorería General administrará un Sistema de Cuentas Escriturales de la Cuenta Única del Tesoro, donde se acreditarán los recursos provenientes de rentas generales, de fondos propios, afectados y fuentes financieras de las jurisdicciones y entidades que integran el Sistema de Cuenta Única;

Que con fecha 1/02/2011 se firmó el contrato entre la Facultad de Informática de la Universidad Nacional de La Plata y la Tesorería General de la Provincia, encuadrado en el Programa de Asistencia Técnica y Profesional para el desarrollo de Software;

Que, asimismo, el 2/12/2011 se firmó entre la Secretaria de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y la Tesorería General de la Provincia, el Convenio de Permiso de Uso del Sistema de Administración Financiera del Estado Nacional;

Que, finalmente, luego del llamado a licitación pública correspondiente, se realizó la inversión necesaria para la compra de Software y Hardware bajo los expedientes N° 5500- 529/12 y 5500-530/12, respectivamente;

Que se ha expedido la señora Ministra de Economía, cumplimentando la previa intervención del Órgano Coordinador en cada disposición que dicten los órganos rectores,

conforme lo establecido en el artículo 7º del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08.

Por ello,

EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. (Articulo dejado sin efecto por la Resolucion N° 270/19 TGP) Aprobar el Modelo Funcional del Sistema de Cuenta Única del Tesoro (SCUT) que establece el diseño de administración operativa de los fondos al que deberán ajustarse las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial, definida en los términos establecidos por el artículo 8° de la Ley Nº 13.767, el que como Anexo 1 forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º. Aprobar el Modelo de Transición al Sistema de Cuenta Única del

Tesoro que como Anexo 2 forma parte integral de la presente.

ARTÍCULO 3º. Establecer que la Tesorería General de la Provincia mediante el formulario que como Anexo 3 forma parte integrante de la presente, instruirá al Banco Provincia respecto a la incorporación de las cuentas bancarias recaudadoras a la Cuenta Única del Tesoro.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Amílcar Zufriategui

Tesorero General

ANEXO 1

MODELO FUNCIONAL CUENTA ÚNICA DEL TESORO

(Anexo dejado sin efecto por la Resolucion N° 270/19 TGP)

El concepto del Sistema de Cuenta Única de Tesoro (SCUT) está basado en el mantenimiento de una única cuenta corriente bancaria (CUT) en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (BP), operada exclusivamente por la Tesorería General de la Provincia

(TGP).

Hacia ella deben dirigirse todos los recursos recaudados, sean los destinados al Tesoro, propios de jurisdicciones u organismos o vinculados a algún fondo o programa específico, así como los de créditos externos o fondos de terceros.

Dado que todos los recursos recaudados son administrados en la CUT por la TGP, ésta debe funcionar como una administración centralizada de fondos, concentrando de esta manera los recursos disponibles y conociendo en detalle a quién pertenece cada recurso dirigido a la CUT.

Para ello las jurisdicciones de la Administración Central (AC) y los Organismos Descentralizados (OD) deben mantener en el Banco de la Provincia un conjunto de cuentas bancarias a los efectos de recibir fondos en concepto de recaudación de recursos propios, afectados o de terceros. Estas son las llamadas Cuentas Recaudadoras Bancarias.

Para el funcionamiento de la Tesorería bajo el modelo de gestión CUT se desarrolla un sistema de Cuentas Escriturales que identifican la porción de fondos que le corresponden a cada Jurisdicción de la AC y a cada OD del total residente en la CUT. Es por esto que estas Cuentas Escriturales son subcuentas registrales de la CUT y se actualizan al registrarse transacciones de las Jurisdicciones de la AC y OD y de la TGP en el sistema, con lo cual la sumatoria de los saldos de dichas Cuentas Escriturales conciliará con el saldo de la Cuenta Única del Tesoro.

La TGP suministra a las Jurisdicciones de la AC y los OD extractos de sus Cuentas Escriturales para que éstos puedan realizar sus procesos de conciliaciones jurisdiccionales y observar los ingresos y egresos relacionados con las mismas.

Además de la Gestión de Ingresos, la TGP es responsable de llevar a cabo la Programación Financiera de la CUT, lo cual dará lugar a la posterior Gestión de Pagos.

Estos pagos serán efectivizados por la TGP y serán realizados con fondos de la CUT hecho que generará un débito en la Cuenta Escritural de origen de la Jurisdicción de la AC u OD.

Corresponde también a la TGP gestionar el proceso de Apropiación de Ingresos de Recursos a la CUT como así también el de Conciliación de Pagos.

El extracto electrónico de la Cuenta Única del Tesoro es el principal componente para desarrollar el Sistema de Cuenta Única del Tesoro, por lo cual el Banco de la Provincia realizó un desarrollo especial para la generación de dicho extracto, acorde a las necesidades de la Tesorería General.

Sobre la base de lo descrito anteriormente, la operatoria del Sistema CUT se divide en cuatro módulos básicos:

* Módulo de Ingresos

* Módulo de Programación Financiera

* Módulo de Pagos

* Módulo de Conciliación

MÓDULO DE INGRESOS

Permite registrar todos los recursos ingresados a la CUT que se originan por recaudación o cualquier otro depósito proveniente de otros ingresos o ajustes sujetos a análisis.

Por definición, todo ingreso de recurso por recaudación es registrado en el SCUT a partir de una Cuenta Recaudadora Bancaria, cualquiera sea su fuente de financiamiento u origen.

Al final de cada día, el Banco de la Provincia transfiere hacia la CUT el saldo total recaudado en cada una de estas cuentas recaudadoras. A continuación, de forma inmediata, el Banco suministra a la TGP la información de dichas transferencias a través del extracto bancario de la CUT.

A partir de dicha información, se desarrolla el proceso de apropiación en la TGP, mediante el cual se identifica el crédito en la CUT de cada cuenta recaudadora y, en base a esto, imputa un crédito en la cuenta escritural asociada a la cuenta recaudadora de origen.

En el Modelo Financiero CUT de la Provincia, a cada cuenta recaudadora existente en el Banco de la Provincia le corresponde una cuenta escritural en el Sistema CUT.

De esta manera el sistema registra la información de ingresos en forma consistente. MÓDULO DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA

Este módulo permite realizar la Programación de Caja, es decir la programación de la Cuenta Única del Tesoro (CUT).

La Programación del Estado de Caja para la CUT se realizará en forma diaria y sobre la base de los datos registrados por el sistema, como así también los que se conocen en base a la Planificación Financiera para las Jurisdicciones de la AC y los OD involucrados.

A medida que transcurre el tiempo y se registran transacciones concretas de ingresos y egresos de la CUT, la programación se va ajustando acorde a los mismos.

Para la Programación Financiera de la CUT se establecerán Cuotas de Pago diarias.

De esta forma, la TGP se fija a sí misma los límites financieros que deben ser respetados.

A fin de su determinación se deberá analizar los siguientes aspectos:

* Saldo de la Cuenta Bancaria (CUT): se efectuará el cálculo del saldo de libre disponibilidad para programar.

* Nivel de Exigibilidades: su análisis deberá considerar la desagregación en atención a la fuente de financiamiento que genere el gasto

* Autorizaciones efectuadas: se considerarán los montos resultantes de la confección del cronograma de pagos establecido sobre la base de fechas de autorizaciones efectuadas, a las que se agregarán los montos que se consideren a partir de las demandas de las Jurisdicciones de la AC y los OD.

* Información de Pagos: se analizarán de manera periódica los montos resultantes de la ejecución de pagos y su composición por concepto y cuenta. Asimismo se reprogramarán, afectando a la cuota de pago analizada, los montos autorizados para fecha anterior y pendientes aún de cancelación.

* Información de Planificación Financiera: se incorporarán a los efectos del cálculo de la cuota de pago los datos de carácter financiero que encuentren su origen en la Planificación Financiera de la TGP, en lo referido a las Fuentes y Aplicaciones Financieras.

Serán definidas cuotas de pago para todos los recursos ingresados a la CUT, tanto para los propios, afectados y de terceros como así también para los recursos del Tesoro.

MÓDULO DE PAGOS

El Módulo de Pagos contempla las siguientes aspectos:

* Recepción de expedientes

* Análisis del expediente y exigibilidad

* Autorización de pago

* Gestión de retenciones impositivas

* Gestión de medidas de afectación patrimonial

* Liquidación de expedientes

* Gestión de diversos medios de pago

* Registración contable del pago

* Efectivización de pagos parciales y totales

* Gestión de anulaciones y devoluciones

La TGP comienza su circuito de pagos luego del ingreso del expediente remitido por la Contaduría General de la Provincia (CGP). La TGP dispondrá la generación del medio de pago adecuado para cada situación y procederá a la efectivización del pago a través del mismo.

El sistema contempla los siguientes medios de pago:

* Por crédito en cuenta: la TGP ordena al Banco de la Provincia la transferencia de un determinado monto desde la CUT hacia la cuenta bancaria del beneficiario. Para la gestión masiva de este tipo de pagos se define una gestión basada en la generación y procesamiento de “Lotes de órdenes bancarias”. Para el correcto tratamiento de los mismos se establece un detallado protocolo de comunicación con el Banco de la Provincia que permite llevar un control adecuado de los pagos en cuanto a verificaciones, confirmaciones y rechazos.

* Por cheque: la emisión de cheques sólo es utilizado excepcionalmente, debido a que la mayoría de los pagos se realizan por medios electrónicos como el descrito en el item anterior.

Además de estos medios, el nuevo Modelo Financiero CUT contará con un nuevo tipo de pago que podrá darse entre aquellas Jurisdicciones de la AC u OD que estén incorporados a este Modelo Financiero (CUT). Este nuevo tipo de pagos se denomina “Pago por Transferencia” y consiste en una transferencia entre cuentas escriturales de las Jurisdicciones de la AC y los OD que operan en el Sistema de Cuenta Única. Es por esto que se destacan por ser un tipo de operación que no genera ninguna transacción bancaria propiamente dicha (por lo que no afecta el saldo de la CUT), sino que sólo genera movimientos contables compensatorios entre las cuentas escriturales de las Jurisdicciones de la AC y los OD involucrados en la operación, a través de un asiento de crédito en el que recibe y de débito en el que paga. No se genera ninguna instrucción al Banco de la Provincia.

MÓDULO DE CONCILIACIÓN

El Modulo de Conciliación Bancaria es una herramienta fundamental para la gestión de registro, control y obtención de información en el ámbito de la TGP. Tiene como objetivos: 1. Generación del Libro Banco mediante la extracción de los pagos registrados en la TGP.

2. Funciones de control y conciliación bancaria, entre los registros contables de la TGP y los registros bancarios.

Este modulo registra de un modo automático la información sobre movimientos bancarios, que provee el Banco de la Provincia a través de los extractos de la cuenta cuya titularidad corresponde a la TGP. En este sentido la TGP convino con dicha entidad bancaria la remisión de los extractos bancarios en su forma tradicional de formularios papel y en soportes informáticos.

Los mencionados soportes informáticos almacenan los movimientos que se producen diariamente en la cuenta bancaria de la que es titular la TGP.

Una vez recibido el extracto bancario, se inicia el proceso de conciliación automática. Cada operación conciliada genera una instancia de conciliación histórica, herramienta muy importante para el posterior análisis y seguimiento de los movimientos bancarios. Se trata de información de procedencia externa, por lo que no puede ser objeto de modificaciones por parte del usuario.

ABREVIATURAS

Abreviación Nombre Definición

Cuenta bancaria a nombre de la

TGP residente en el Banco

CUT Cuenta Única del Tesoro Provincia que concentra los

fondos del Tesoro

y organismos provinciales

Sistema de gestión financiera

basado en la CUT,

SCUT Sistema Cuenta Única del Tesoro según se define en la Ley Nº 13.767.

No se refiere a un sistema

informático sino a un modelo

de gestión.

TGP Tesorería General de la Provincia

CGP Contaduría General

de la Provincia

BP Banco de la Provincia

de Buenos Aires

AC Administración Central

JUR Jurisdicciones

OD Organismos Descentralizados

RUCO Registro Único Registro provincial de todas las

de Cuentas Oficiales cuentas oficiales.

ANEXO 2

MODELO DE TRANSICIÓN

AL

SISTEMA CUENTA ÚNICA DEL TESORO

Introducción

En el presente se determinan las etapas del proceso de transición al Sistema de Cuenta Única del Tesoro en lo referente al movimiento de fondos (ingresos y egresos de recursos).

Partiendo de la situación actual, se produce una incorporación gradual y sucesiva de las cuentas pertenecientes a todas las jurisdicciones y entidades integrantes de la Administración Pública Provincial definida en el artículo 8 de la Ley Nº 13.767.

En la etapa 1 y 2 ningún organismo se encuentra incorporado a la CUT, actuando dicha cuenta como receptora de ingresos, los que son transferidos a la cuenta bancaria N° 412/5 a fin de realizar los pagos que correspondan.

En la etapa 3 comienzan a incorporarse al sistema los organismos según el cronograma que oportunamente establezcan el Tesorero General de la Provincia y el Contador General de la Provincia. Todos los pagos del organismo incorporado al SCUT se realizarán desde la cuenta bancaria CUT y se transferirán los fondos necesarios para cubrir los pagos de la cuenta bancaria N° 412/5 de los organismos aun no ingresados en la CUT.

En la etapa 4 se incorporan el pago por la CUT otras cuentas, finalizando dicho proceso en la etapa 5, en donde se encuentran incorporados al SCUT todos los organismos y jurisdicciones de la Administración Central

Los pagos por Recursos del Tesoro a los Organismos Descentralizados, se efectivizarán, en todas las etapas, por medio de la cuenta bancaria N° 412/5, previa transferencia de la cuenta bancaria CUT por nota. Los mencionados organismos serán incorporados al SCUT en el paso 2 de la Etapa V.

A fin de brindar una mejor comprensión de lo expuesto, a continuación se detallan las 5 etapas definidas con anterioridad con sus gráficos correspondientes.

ETAPAS

SITUACIÓN ACTUAL

ETAPA I – Incorporación de cuentas recaudadoras N° 963/2, 411/8 y 401/9

Durante esta etapa ningún organismo se encuentra incorporado a la CUT y la cuenta bancaria CUT actúa sólo como receptora, recibiendo los fondos de las cuentas que se detallan a continuación:

a - N° 963/2 – Transferencias del Gobierno nacional u otros Organismos Nacionales

b - N° 411/8 – Recursos de la coparticipación Impositiva con la nación

c -N° 401/9 – Percepción de impuestos provinciales

La cuenta bancaria N° 229/7 de la TGP, N° 1735/4, N° 50303/9 y la N° 51373/9 siguen transfiriendo sus recursos a la cuenta bancaria N° 412/5.

En cuanto a la gestión de pagos, los mismos se realizarán desde la cuenta bancaria N° 412/5, a la que se transferirán los fondos necesarios de la CUT.

ETAPA II – Incorporación de cuentas recaudadoras FF 1.3

Durante esta etapa, la CUT bancaria sigue funcionando como receptora, incorporándose las cuentas de recursos de fondos afectados que se detallan a continuación:

d - N° 51373/9 – Fondo Federal Solidario

e - N° 1735/4 – Fondo Nacional de Incentivo Docente

f -N° 50303/9 – Ley Nº 26.075 Financiamiento Educativo

En cuanto a la gestión de pagos, los mismos se realizarán desde la cuenta bancaria N° 412/5, a la que se transferirán los fondos necesarios de la CUT.

ETAPA III – Pago de expedientes de un Organismo por SCUT

En esta etapa la CUT comienza a ser receptora/pagadora, incorporándose el primer organismo al SCUT.

La cuenta bancaria N° 229/7 dejará de recibir los recursos provenientes de cuentas bancarias propias de ese organismo, las cuales transferirán automáticamente sus fondos a la

CUT (y tendrán su cuenta escritural correspondiente en el SCUT).

Es decir, la cuenta recaudadora del organismo ingresado al SCUT transferirá sus fondos recaudados a la CUT y la cuenta bancaria N° 229/7 transferirá los recursos de los restantes organismos a la cuenta bancaria N° 412/5.

Todos los pagos del organismo incorporado al SCUT se realizaran desde la cuenta bancaria CUT y, a diferencia de las etapas anteriores, se transferirán por nota los fondos necesarios para cubrir los pagos de la N° 412/5 de los organismos aun no ingresados en la CUT.

 

 

ETAPA IV - Pago de Recursos del Tesoro y Recursos afectados por SCUT

En esta etapa se incorpora el pago por SCUT de los recursos de las cuentas:

- Recursos del Tesoro

- Fondo Federal Solidario (N° 51373/9)

- Fondo Nacional Incentivo Docente (N° 1735/4)

- Financiamiento Educativo (N° 50303/9)

ETAPA V – CUT operativa - Ingreso de todos los Organismos al SCUT

PASO 1 - El mismo se encontrará finalizado cuando todos los organismos de la AC se encuentren incluidos en la CUT (cada uno con sus respectivas cuentas escriturales), motivo

por el cual la cuenta bancaria CUT recepta y paga.

La cuenta escritural N° 229/7 de la TGP cambia su naturaleza, reflejando solamente los importes de los recursos provinciales a apropiar.

PASO 2 - El mismo se encontrará finalizado cuando todos los OD se encuentren incluidos en la CUT (cada uno con sus respectivas cuentas escriturales), motivo por el cual la cuenta

bancaria CUT recepta y paga.

ABREVIATURAS

Abreviación Nombre Definición Cuenta bancaria a nombre de la TGP residente en el CUT Cuenta Única del Tesoro Banco Provincia que concentra los fondos del Tesoro y organismos provinciales.

Sistema de gestión financiera basado en la

SCUT Sistema Cuenta Única del Tesoro CUT, según se define en

la LEY 13767.

No se refiere a un sistema informático sino a un modelo de gestión.

TGP Tesorería General de la Provincia

CGP Contaduría General de la Provincia

AC Administración Central

OD Organismos Descentralizados

ANEXO 3

Señor……………………………….del Banco de la Provincia de Buenos Aires

……………..…………………… Su Despacho:

Me dirijo a usted atento lo establecido en la Resolución N°……/13 del Tesorero General de la Provincia, a efectos de informarle que a partir del día……………las cuentas bancarias que se detallan a continuación deberán transferir sus saldos al final de cada día a la cuenta bancaria N°……….. denominada Cuenta Única del Tesoro; todo ello en el marco del Convenio Marco firmado con el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Sin otro Particular, saludos a usted atentamente.

…………………………………

Tesorero General de la Provincia

C.C. 6.477