RESOLUCIÓN N° 259- MAGP-18

 

LA PLATA, 7 de noviembre de 2018.

 

VISTO el expediente N° 22500-5016/2018, por el que tramita la implementación de un sistema que permita, durante un tiempo acotado, la regularización del stock ovino y caprino provincial; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Dirección Provincial de Carnes manifiesta la necesidad de regularizar el stock de ovinos y caprinos, a fin de que cada productor corrija de acuerdo a su realidad, las distintas categorías y número de ovinos y caprinos;

 

Que con el fin de regularizar el stock de ovinos y caprinos, se implementara la Declaración Jurada de buena fe, que acreditará cada productor;

 

Que tal registración permitirá a la provincia contar con información real, aplicar y evaluar en consecuencia programas específicos;

 

Que se cuenta con el sistema informático, a través, de la ficha ganadera, implementada por la Resolución N° 221/06, como herramienta adecuada para efectuar la referida regularización;

 

Que adicionalmente la Dirección Provincial de Carne organizará jornadas de formalización y capacitación en identificación, tránsito de ganado e información sobre la oferta de programas y planes que dispone la referida Dirección;

 

Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley N° 10.891 y su modificatoria y Decreto N° 878/94;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1°. Implementar por el plazo de sesenta (60) días corridos a partir de la publicación de la presente, la utilización de la Ficha Ganadera prevista en el Sistema de Emisión de Guías Ganaderas y Control para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires aprobada por Resolución N° 221/06, a los fines de la regularización del stock de ganado ovino y caprino.

 

ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección Provincial de Carnes a la realización de jornadas de formalización y capacitación en identificación, transito de ganado e información sobre la oferta de programas y planes que dispone la misma.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y pasar a la Dirección Provincial de Carnes.

Cumplido archivar.

 

Leonardo Sarquis, Ministro.

 

C.C. 12904