LEY 5226

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a conceder un subsidio por la suma de ($ 60.000m/n) sesenta mil pesos moneda nacional, destinados a la Asociación “La Casa del Niño”, como contribución a la obra que realiza en la Provincia, especialmente en la ciudad de Lomas de Zamora.

 

ARTÍCULO 2.- Esta suma será invertida por la Institución en la ampliación de las obras que proyecta “La Casa del Niño” en los pueblos que comprende el partido de Lomas de Zamora, y en particular para habilitación de la nueva casa adquirida en Témperley, calle Almirante Brown 815, que tendrá una capacidad para albergar cincuenta niños.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º se tomará de Rentas Generales, imputándose a la presente.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.