LEY 8393

 

Declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación, inmuebles ubicados en la localidad de Coronel Brandsen, Partido del mismo nombre.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en la localidad de Coronel Brandsen, Partido del mismo nombre, entre las calles Saenz Peña, Belgrano, Las Heras y French y designados catastralmente como: Circunscripción  I, Sección A, Manzana 25, Parcelas 1 y 2 de propiedad de Tomás  Guglielmino y otros por las inscripciones Serie B, año 1925, Folio 115 y Declaratoria de Herederos 3.694 del año 1966 sobre la Parcela I y Gerónima Martínez de Martínez por la  inscripción Serie A, 16.124 del año 1898 sobre la Parcela 2, o quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio, con una superficie de 9.500 metros cuadrados y 500 metros cuadrados, respectivamente, con destino a la construcción del edificio de la Escuela de Enseñanza Técnica Industrial Nº 1.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.