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Fundamentos de la
Ley 10250
Que el espíritu que anima este proyecto de ley, reside en la necesidad de conferir mayores facultades al Fiscal de Estado para la solución de problemas que se suscitan con los ocupantes de inmuebles ubicados en nuestra provincia y que integran el activo hereditario de juicios sucesorios declarados vacantes. Que en la mayoría de los casos, los ocupantes de los bienes en cuestión, son de personas de modestos recursos que con mucho esfuerzo han efectuado construcciones, desconociendo las consecuencias legales a que se encontraban expuestas. Que la subasta judicial, en estas circunstancias, ocasiona un problema social que la normativa cuya sanción solicitamos trata de evitar mediante la venta directa al ocupante. Que sin duda, el presente proyecto, viene a cubrir un vacío legislativo que permitirá al Fiscal de Estado resolver con celeridad y sentido social un sinfín de situaciones de ocupantes de inmuebles en las condiciones a que hacemos referencia ut-supra.
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