DECRETO 883/2021

LA PLATA, 18 de Octubre de 2021

VISTO el expediente EX-2019-30223981-GDEBA-DDDPRLMEGP del Ministerio Hacienda y Finanzas, por el cual tramita el traslado definitivo, juntamente con su cargo de revista, del agente Matías Gonzalo ARRIETA, con destino a Fiscalía de Estado, y

CONSIDERANDO:

Que Matías Gonzalo ARRIETA revista en un cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Licenciado en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales “C”, Código 5-0298-IX-2, Categoría 13, Clase 2, Grado IX, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, en la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que, mediante Resolución N° 88/17 del entonces Ministerio de Economía, se reservó el cargo del agente citado, a partir del 1° de julio de 2016, en virtud de su designación como Personal de Gabinete en Fiscalía de Estado, lo que se instrumentó por Decreto N° 1244/16;

Que el Fiscal de Estado solicita el traslado definitivo del agente a la jurisdicción a su cargo, juntamente con su cargo de revista, a partir de la fecha de notificación;

Que el Director General de Administración y la Directora Delegada de la Dirección Provincial de Personal del Ministerio de Hacienda y Finanzas han prestado su conformidad con relación al pedido efectuado;

Que, por su parte, Matías Gonzalo ARRIETA prestó su conformidad al traslado solicitado y la modificación del régimen horario, toda vez que la jurisdicción de destino tiene un régimen de treinta (30) horas semanales de labor;

Que, en consecuencia, corresponde limitar la reserva de cargo oportunamente efectuada, propiciar el traslado de Matías Gonzalo ARRIETA, a partir de la fecha de notificación, con destino a Fiscalía de Estado y efectuar una nueva reserva de cargo, toda vez que el postulante continúa desempeñando funciones como Personal de Gabinete;

Que, asimismo, corresponde dejar establecido que ambas jurisdicciones deberán propiciar las modificaciones de los planteles básicos a las que hubiere lugar, en virtud del movimiento que se instrumenta por el presente;

Que, a tales fines, corresponde efectuar la pertinente transferencia de cargos dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 – Ley N° 15.225;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Limitar, a partir de la fecha de notificación del presente, en el Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, Dirección General de Administración, Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal, la reserva del cargo de revista del agente Matías Gonzalo ARRIETA (DNI 31.504.195 - Clase 1985), otorgada mediante Resolución N° 88/17 del entonces Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 2°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 – Ley N° 15.225 – Sector Público Provincial no Financiero 1 - Administración Provincial 1 - Administración Central 1, la transferencia de un (1) cargo, de conformidad con el siguiente detalle:

DÉBITO: Ministerio de Hacienda y Finanzas 8.0.0 - Programa 1 - Actividad 2 - Unidad Ejecutora 34 - Finalidad 1- Función 5 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Principal 1 –Ubicación Geográfica 999 - Régimen Estatutario 1 - Agrupamiento Ocupacional 05: Profesional: Un (1) cargo.

CRÉDITO: Jurisdicción 11103 - Fiscalía de Estado - UE 3 - PRG001 - ACT 1- Finalidad 1- Función 2 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1 1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 - UG 999 – Régimen Estatutario 01 -Agrupamiento Ocupacional 05: Profesional: Un (1) cargo.

ARTÍCULO 3°. Adecuar, dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley Nº 15.225, el Resumen de Número de Cargos – Planilla N° 26, conforme al siguiente detalle:

DISMINUCIÓN: Ministerio de Hacienda y Finanzas, Planta Permanente: Un (1) cargo.

AMPLIACIÓN: Fiscalía de Estado, Planta Permanente: Un (1) cargo.

ARTÍCULO 4°. Trasladar a la jurisdicción FISCALÍA DE ESTADO, a partir de la fecha de notificación, juntamente con su cargo de revista, al agente Matías Gonzalo ARRIETA (DNI N° 31.504.195 – Clase 1985), proveniente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, quien revista en un cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Licenciado en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales “C”, Código 5-0298- IX-2, Categoría 13, Clase 2, Grado IX, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor en la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, quien pasará a revistar en el régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 5°. Reservar, en Fiscalía de Estado, a partir de la fecha de notificación del presente, el cargo de revista de Matías Gonzalo ARRIETA (DNI N° 31.504.195 - Clase 1985) con motivo de su continuidad en el cargo como Personal de Gabinete, en el que fuera oportunamente designado por Decreto N° 1244/16, de conformidad con los términos del artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 6°. Dejar establecido que, oportunamente, las jurisdicciones intervinientes deberán propiciar la correspondiente modificación de los planteles básicos, en virtud de las medidas que se disponen por el presente.

ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Pablo Julio López                             Martín Insaurralde

Ministro de Hacienda y Finanzas      Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros

Axel Kicillof

Gobernador