Fundamentos de la

Ley 10341

 

HONORABLE LEGISLATURA:

            Se remite a consideración de Vuestra Honorabilidad, un proyecto de ley por el que se propicia la modificación del escalafón docente, incorporando a los cargos estatutarios vigentes, el de subdirector de rama, como asimismo se equipara el puntaje asignado en la enseñanza primaria, a los títulos de maestro normal y maestro normal superior.

            Que la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, a fin e poder cumplir eficientemente con las metas perseguidas en cuanto a planeamiento, organización, administración y supervisión, de los servicios educativos, que se han acrecentado considerablemente en el último año y continuarán con esa política expansiva para tender a la satisfacción de las necesidades de la matrícula escolar en todos los niveles y rama de la enseñanza, necesita la creación del cargo estatutario de subdirector de rama, a efectos de poder brindar la colaboración necesaria a la sobrecarga función de director de rama, posibilitando además al docente de reconocidos méritos en su carrera, de poder obtener su ascenso.

            Que la discriminación establecida con respecto al puntaje asignado por el artículo 68 inciso d) del decreto Ley 19.885 (T.O 1983), con referencia a los títulos de maestro normal, profesor elemental y/o títulos de formación específica para el respectivo nivel expedidos por instituciones oficiales dependientes de la Nación o de la Provincia de Buenos Aires, o por establecimientos no oficiales fiscalizados por la Nación o por la Provincia, con el título de maestro normal superior, crea una diferenciación que no condice con la sólida y similar preparación pedagógica, que tienen los mismos.

            Por ello y a efectos de brindar iguales oportunidades a los docentes precitados, se equipara el puntaje para el ingreso a la docencia primaria.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.