Fundamentos de la
Ley 10694
HONORABLE LEGISLATURA:
Tengo el agrado de someter a consideración de
Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que autoriza la permuta de un inmueble
perteneciente al patrimonio de la Suprema Corte de Justicia –provincia de Buenos
Aires- en el que funciona el Tribunal de Trabajo número 2, ubicado en la calle
Florida N° 842&46 de la ciudad de Pergamino, por
el inmueble de propiedad de la municipalidad de Pergamino, edificio ex hospital
San José y que actualmente ocupa la Unidad Hospitalaria
Zonal.
Creado
por la Ley
10.470, el Departamento Judicial de Pergamino, y ante la necesidad de su puesta
en funcionamiento, la municipalidad local, mediando Resolución 134/1987
aprobada por su Honorable Concejo Deliberante, propone a la Excelentísima Suprema
Corte la figura jurídica del contrato de permuta respecto de los referidos
bienes.
La
transmisión del ex hospital San José a la Corte provincial implica un acto de marcada
trascendencia desde que el mismo posibilitará la adecuada instalación y
funcionamiento de los juzgados de la ciudad, y a la par significa también
desprenderse de un bien de sustancial entidad económica en el patrimonio
municipal, que, precisamente en función de tal significado económico, la
transmisión ha de hacerse a título gratuito.
Por
otra parte, la saturación que la sobrecarga de estructuras administrativas ha
producido en el Palacio Municipal –proyectado para otra época y otro
funcionamiento sumado al agotamiento de expansión sobre propiedades linderas,
ha inducido la propuesta de permuta indicada; operándose en consecuencia el
desprendimiento del haber municipal de predio ex hospital San José recibiendo
en contraprestación el inmueble perteneciente al patrimonio de la Suprema Corte de la Provincia, actualmente
ocupado por el Tribunal de Trabajo N° 2, que por
inmediación con el palacio municipal y capacidad habitacional operará la
descentralización administrativa.
A
su vez, la refuncionalidad del inmueble
correspondiente al ex hospital San José permitirá no sólo incorporar el
Tribunal de Trabajo sino la mayor parte de las dependencias prevista para el
Departamento Judicial de Pergamino.
En consideración a lo expuesto, y
atendiendo a la ventajosas solución que implicará la sanción del presente
proyecto de ley, por ello, el Superior Gobierno de la Provincia dispone su
remisión.
Dios
guarde a Vuestra Honorabilidad.