FUNDAMENTOS DE LA LEY 14834

El presente proyecto de ley propone la adhesión por parte de la provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional № 26.819, la cual declarara el 21 de septiembre de cada año como el “Día Internacional de la Paz”.

La ley nacional mencionada, aprobada en el Congreso en noviembre de 2012 y publicada en el Boletín Oficial a comienzo de 2013, está en concordancia con las Resoluciones 36/67 y 55/82 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. La primera fue acordada en 1981 para establecer el Día Internacional de la Paz, el cual fue celebrado por primera vez en 1982. A su vez, en el año 2001 la Asamblea General aprobó por unanimidad la Resolución 55/282 que estableció el 21 de septiembre como un día de la cesación de fuego y de no violencia a nivel mundial.

La ley existente establece que los establecimientos educativos públicos y privados de todos los niveles deberán incorporar la temática de promoción de la paz al quehacer institucional y realizar actividades para celebrar el Día Internacional de la Paz. En el artículo 2 se autoriza a los edificios públicos y a los establecimientos educativos a izar la bandera de la Paz -fondo blanco con tres esferas magentas rodeadas por un círculo- el 21 de septiembre de cada año.

Resulta fundamental que nuestra Provincia ratifique a través de acciones concretas su compromiso con la no violencia y promueva en consecuencia valores, conductas y actitudes basadas en los principios de la Cultura de la Paz. La adhesión a la Ley № 26.819 resulta relevante a fin de fomentar en la sociedad la cultura de la paz, la cual debe ser parte de la agenda institucional del gobierno de la provincia de Buenos Aires.

Por los motivos antes expuestos y en función de la invitación vertida en el artículo 4 de la Ley № 26.819, le solicito a mis colegas senadores y senadoras que acompañen con su voto el presente proyecto de ley.