Fundamentos de la Ley 13092

 

 

            La Ley 10.419 tiende a proteger, conservar y revalorizar el patrimonio cultural y natural de la provincia de Buenos Aires.

            A los fines de la inclusión de la estancia Santa Rosa dentro del ámbito de aplicación de la presente ley, podemos mencionar algunos antecedentes históricos de importancia trascendental.

            Leonardo Pereyra formó su familia con su prima Marta Antonio Iraola. A su muerte acaecida en 1899, la estancia “San Juan” fue dividida entre sus seis hijos. El mayor Leonardo Pereyra Iraola recibió en herencia el sector en que se hallaba el casco y el parque iniciado por su padre unas décadas atrás, formándose el establecimiento que continuaría ostentando el nombre original de la estancia. Los sectores heredados por su hermano Martín y sus cuatro hermanas darían origen a nuevas estancias: Santa Rosa, Abril y Las Hermanas.

            La estancia Santa Rosa, tuvo su origen en el sector correspondiente a Martín Pereyra Iraola, a la muerte de su padre en 1899. El parque de la nueva estancia fue comenzado en 1904. El plano del proyecto lo vinculan con los modelos franceses decimonónicos: una composición paisajista en la que predomina la línea curva, con una base geométrica que subyace. En 1918 se inicia la construcción de una serie de mejoras edilicias que incluían la morada principal y sus dependencias, así como la cabaña y la capilla Santa Elena. Su propietario encomendó las obras al arquitecto francés don Esteban Guichet, que las llevó a feliz término con su empresa General de Construcciones.

            Los edificios de Santa Rosa no fueron construidos simultáneamente, sino que abarcan el lapso que va desde 1918 y los años 40.

            En el mensaje al Congreso de la Nación el día 7 de enero de 1948 el presidente Juan Domingo Perón anunció la expropiación de parte de las estancias de la familia Pereyra Iraola, con el fundamento de salvar ese tesoro forestal y artístico estratégicamente situado entre Buenos Aires y La Plata, a la vez que realizar una vasta obra cultural, social, científica y turística.

            Estos antecedentes ponen de relieve la necesidad de sumar este establecimiento a la declaración de pertenencia al patrimonio cultural de la provincia de Buenos Aires.

            Por las consideraciones expuestas, solicito a los señores legisladores se sirvan acompañar con su voto la presente iniciativa.